Hola colegas, el caso es este: Mi cliente un sr que fue despedido, en el intercambio teleg ponen a disposición la liquidación y los certificados. Le digo que concurra, y que ponga “En disconformidad.” y firme. Hoy viene y me dice que no le pagaron nada porque no le permitieron firmar poniendo eso y que le querían hacer firmar un papel que decía algo asi como que se le pagaba tanto dinero por liquidación final y tanto dinero (dos mangos) por gratificación y que no tenia nada más que reclamar a su empleador (no tenían para darle ni un certificado, solo le daban unos recibos que le adeudaban y la baja de afip, según lo que el me dice). Entonces pregunto: podría mandarlo de nuevo y decirle que firme eso, total no tendría validez porque un trabajador no puede renunciar a sus derechos y seguiría reclamando en el ministerio? En este caso al sr ya tiene otro trabajo asi que no esta apurado por el dinero, pero como en otros casos los trabajadores necesitan cobrar algo, esto me hace pensar si a partir de ahora no seria mejor que mande a mis clientes a cobrar y punto, sin decirles que firmen con la frase “en disconformidad” o “reservo derechos”, para evitar estas situaciones, qué opinan? Desde ya gracias.
Hola, ahora ya está. Iniciá la demanda y listo. Generalmente el "a su disposición" en las cartas documentos de los empleadores es solo una formalidad y nunca está a disposición. Por lo que si mandás a tu cliente a cobrar o a recibir los certificados de trabajo, lo único que tenes que decirle es que siempre preste atención lo que firma. Muchas veces viene el trabajador y dice que cobro menos de lo que decía el recibo que firmó y ahí chau, no hay nada que hacer. Pero mientras cobre la liquidación y firme por el monto que verdaderamente cobró o reciba los certificados (que generalmente están mal confeccionados, lo que permite reclamar posteriormente) no hay problema.
En laboral todo lo que se cobra es "a cuenta" por lo que se puede reclamar por el resto. Saludos.
