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  • Necesito Jurisprudencia: Renuncia ineficacia!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #816286  por Gyzella
 
Hola colegas: estoy armando una demanda en la cual mi cliente renuncio a su empleo por tcl pero continuo trabajando en negro para el mismo empleador.-
La realidad es que le prometio una linda indemnizacion pero luego no le pago nada, sin perjuicio le pidio a mi cliente que se quedara en su puesto hasta que consiga otra persona que ocupe su puesto. De pelicula no ????
Despues se canso y enviamos telegramas, con todo.. sumado a que antes habia estado mal registrada etc, pagos en negro.. reclamo por la 24013, se considera despedida.. etc.. ahora bien, leyendo los post anteriores relacionados obvio.. veo que esta discutido el tema si hay una nulidad de renuncia (en este caso deberia probar un vicio de la voluntad) o hay un reingreso del trabajador.
Agrego, no voy a decir que le ofrecio dinero que nunca pago, lo que voy a decir es que lo obligo a renunciar para fragmentar su verdadera antiguedad y seguir prestando tareas sin ningun tipo de registración y el por necesidad acepto para no perder su puesto de trabajo.
Esta parte de narrar historias me encanta.. somos abogados y escritores de novelas jaja!!
Retomando:
Alguno tendra fallitos para prestarme ???? porfis!!!!
Desde ya muchas gracias!
Gisela
 #816315  por eltam88
 
Leete el 18 LCT, que puede servirte, es decir, si probás que siguió trabajando.
Grisolia en un libro azul referido a despidos habla en forma clara del tema.
 #816415  por pepecurdele
 
si siguio trabajando y lo probas, la renuncia queda sin efecto ya que habria retractacion de la misma.
 #816485  por Gyzella
 
El tema es que en el cuerpo de la demanda acostumbro relatar porque tengo razón de lo que estoy pidiendo y no se si encararlo por una renuncia inexistente porque renuncio pero continuo trabajando o bien renuncio y reingreso (Art. 18 LCT). Me parece que va mas la primera opción!!
Me pregunto y me contesto como los locos.. jaja!!!
Lo que necesito son fallos y busco en internet y no encuentro nada parecido.. los fallos que encontre son muy diferentes a mi caso: hay uno de un peón rural analfabeto, que lo obligaron a renunciar y le dieron 4 mil pesos, y hay otros que hay renuncia acuerdo de por medio con pagos en concepto de gratificación.
Ufa!!! gracias por su tiempo!
 #816554  por pepecurdele
 
busca por retractacion de la renuncia y lo vas a encontrar
 #816999  por agentil
 
Gyzella escribió:Ok!! Gracias por la data!!
Igual en mi opinion, no hace falta poner jurisprudencia para algo que lo dice expresamente la LCT art. 18 como dice eltam. Describi el hecho y menciona que se encuentra inmerso en la circunstancia de dicho articulo.

Ya se que a vos te gusta poner todo jeejej.

saludos!!
 #817066  por eltam88
 
agentil escribió:
Gyzella escribió:Ok!! Gracias por la data!!
Igual en mi opinion, no hace falta poner jurisprudencia para algo que lo dice expresamente la LCT art. 18 como dice eltam. Describi el hecho y menciona que se encuentra inmerso en la circunstancia de dicho articulo.

Ya se que a vos te gusta poner todo jeejej.

saludos!!
Eeeeepa
 #817218  por Gyzella
 
Que graciosos!!! Lo dice porque ha leido mis demandas.. nose porque aclaro.. jaja!!
Retomando.. Lo importante no es buscar sino saber donde y como buscar!!!
Por eso, gracias PP!!
Aca va la data para compartir: RENUNCIA AL EMPLEO: RETRACTACIÓN!!
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII, 10/12/2004, "Goitia Mario Daniel c.
Senade Juan Carlos y otro s/ despido".
* La renuncia solo se acredita mediante el despacho telegráfico colacionado cursado
personalmente por el trabajador a su empleador, o ante renuncia ante la autoridad administrativa
del trabajo.
* Con la prueba rendida en la causa, se tiene por acreditado que el actor continuó
trabajando después de la supuesta renuncia a su empleo. Ello es así porque no puede interpretarse
validamente que haya mediado una renuncia, cuando el trabajador continuó prestando las mismas
tareas bajo la dirección de los accionados, por lo que se concluye que la relación continuó
inalterada y que la renuncia en cuestión fue sólo un acto formal que la realidad posterior
desvirtuó. Siendo ello así, en el caso existió una retractación tácita o el actor reingresó a través
del comportamiento inequívoco y concluyente de las partes, lo cual resta efectividad a aquella
manifestación unilateral del actor de rescindir el contrato.♦