hola mirá en mi caso frente al fracaso de la audiencia ratifiqué demanda y ofrecimiento de prueba.- la demanda contestó in voche (se pusieron a redactar la contestación en el momento), luego la leí (era mera negativa de los hechos por mí invocados, ofrecimiento de confesional, informativa y testigos, sin documental, por eso directamente no respondí, pues ya quedaban delimitados los hechos controvertidos) y nos proveyeron la confesional fijando audiencia al efecto para que las partes absuelvan posiciones y reconozcan documentos y la informativa, no hicieron lugar a la contable por improcedente y el resto de la prueba difieron proveerlas para su oportunidad.-luego de lo cual nos notificamos de ello y nada más.-
estimo que el ddo que no presente, estando debidamente notificado, perderá la oportunidad de contestar.-
No es mucho lo que puedo aportarte pues sólo fui una vez y ya te digo, en la segunda audiencia conciliamos.-
imagino se valen supletoriamente por la ley de procedimientos laborales de capital, al menos en todo lo que es informativa invocan todos los artículos de allí, así que estimo que las vicisitudes que pueda plantearte la contestación invocá los artículos de allí.-
igual si hay algún colega con más experiencia en este tribunal estaría bueno que lo postee.-
saludos y buen finde!
gery
Gery