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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #761280  por dr.cwebb
 
El tema es el siguiente:

Un empleado sufre un lesión grave en la pierna jugando al futbol; cuando le comunica dicha situación en la empresa, le dicen que lo van a hacer pasar por accidente in itinere. Todo ello para ahorrarse pagar el salario por enf. Inculpable. A consecuencia la ART le da tratamiento durante 8 meses (incapacidad laboral temporaria) y en ese interin el trabajador se considera despedido por deficiencias en la registración, jornada, horas extras, etc.

Que casualidad que cuando se considera despedido, pocos días después el medico de la ART le da el alta con secuelas. El galeno le comentó a mi cliente que la ART lo iba a llamar para pagarle la incapacidad, pero hasta el día de hoy la ART no lo llamo, ni se expidió de manera formal sobre la situación medica de de mi cliente (incapacidad, tratamiento, etc). Cabe aclarar que el trabajador no esta recuperado ni mucho menos por lo que quiero transitar el procedimiento de las comisiones médicas a fin de que determinen ellas y no la ART la incapacidad del trabajador. Estuve leyendo en el foroy saco como conclusión que no conviene que se expida formalmente la ART dado que después la Comisión va a convalidar lo que dijo la ART. En atención a ello quería ir directamente a las comisiones para que fijen el porcentaje.

Algunos dirán porque no vas a juicio??el tema es que el accidente en los hechos no fue initinere(si formalmente) por lo que no tengo pruebas para ir a juicio y probar dicha circunstancia, dado que fue una “jugada malintencionada” de la empresa.

Consultas.
1) Debido a que el trabajador no se le abono el sueldo de Agosto, quería intimar a la ART para que lo haga.
2) En dicha carta aprovecho y manifiesto que se expida la ART, solicitando que denuncie Nº de Siniestro, incapacidad, tratamiento, etc o directamente voy a las comisiones por los motivos antes enunciados.
3) Armo la intimación a la ART solicitando que abone el sueldo de agosto, y además la pongo en conocimiento que voy a ir directamente a las comisiones? O no le aviso nada. Si o SI tengo que intimar a que abone Agosto porque mi cliente lo necesita.

Muchas gracias

Cwebb
 #761286  por agentil
 
dr.cwebb escribió:El tema es el siguiente:

Un empleado sufre un lesión grave en la pierna jugando al futbol; cuando le comunica dicha situación en la empresa, le dicen que lo van a hacer pasar por accidente in itinere. Todo ello para ahorrarse pagar el salario por enf. Inculpable. A consecuencia la ART le da tratamiento durante 8 meses (incapacidad laboral temporaria) y en ese interin el trabajador se considera despedido por deficiencias en la registración, jornada, horas extras, etc.

Que casualidad que cuando se considera despedido, pocos días después el medico de la ART le da el alta con secuelas. El galeno le comentó a mi cliente que la ART lo iba a llamar para pagarle la incapacidad, pero hasta el día de hoy la ART no lo llamo, ni se expidió de manera formal sobre la situación medica de de mi cliente (incapacidad, tratamiento, etc). Cabe aclarar que el trabajador no esta recuperado ni mucho menos por lo que quiero transitar el procedimiento de las comisiones médicas a fin de que determinen ellas y no la ART la incapacidad del trabajador. Estuve leyendo en el foroy saco como conclusión que no conviene que se expida formalmente la ART dado que después la Comisión va a convalidar lo que dijo la ART. En atención a ello quería ir directamente a las comisiones para que fijen el porcentaje.

Algunos dirán porque no vas a juicio??el tema es que el accidente en los hechos no fue initinere(si formalmente) por lo que no tengo pruebas para ir a juicio y probar dicha circunstancia, dado que fue una “jugada malintencionada” de la empresa.

Consultas.
1) Debido a que el trabajador no se le abono el sueldo de Agosto, quería intimar a la ART para que lo haga.
2) En dicha carta aprovecho y manifiesto que se expida la ART, solicitando que denuncie Nº de Siniestro, incapacidad, tratamiento, etc o directamente voy a las comisiones por los motivos antes enunciados.
3) Armo la intimación a la ART solicitando que abone el sueldo de agosto, y además la pongo en conocimiento que voy a ir directamente a las comisiones? O no le aviso nada. Si o SI tengo que intimar a que abone Agosto porque mi cliente lo necesita.

Muchas gracias

Cwebb
1.- SI
Además, yo iría a juicio por la diferencia ya que si la ART acepto el siniestro ahora no vas a tener que probar nada, simplemente se va a analizar el % de incapacidad.

Si ya le dieron el % de incapacidad y tu cliente lo rechazó, la misma ART abre un expte. en comisiones medicas.

saludos!
 #761524  por andres1685
 
Reclamaos los salarios a la ART o al empleador, es lo mismo desde mi punto de vista.
En cuanto al accidente, no vas a tener que probar nada, solo el grado de incapacidad ya que al haber sido atendido por ART esta reconocido. No importa EN ESE caso el tema que sea una falsa denuncia.
Eso en cuanto al accidente, al ser in itinere reclama solo a la ART y por las prestaciones de la LRT
 #761662  por dr.cwebb
 
Ante todo mil gracias a los que leyeron y respondieron el post, pero me quedan algunas dudas que ameritan ser analizadas un poco.

1er posibilidad - Intimo a la ART que pague el mes de impago y solicito que se expida sobre el porcentaje de incapacidad. LA contra que tiene esta opción es que la ART me va a fijar el porcentaje y si voy a las comisiones seguramente lo convalidarán. Diferente sería si vpy a juicio dado que tendre de manera fehaciente el % que me dió la ART.

2da posibilidad - Intimo a la Art que pague el mes debido e informo que voy a las comisiones médicas.

3er posibilidad - ????

Ustedes que opinan??

Mucgas gracias!!!
 #761696  por andres1685
 
A mi entender para ese tipo de juicio no es necesaria ninguna intimación de esas. A lo sumo para el pago del salario y la diferencia, pero remitida al empleador.