El tema es el siguiente:
Un empleado sufre un lesión grave en la pierna jugando al futbol; cuando le comunica dicha situación en la empresa, le dicen que lo van a hacer pasar por accidente in itinere. Todo ello para ahorrarse pagar el salario por enf. Inculpable. A consecuencia la ART le da tratamiento durante 8 meses (incapacidad laboral temporaria) y en ese interin el trabajador se considera despedido por deficiencias en la registración, jornada, horas extras, etc.
Que casualidad que cuando se considera despedido, pocos días después el medico de la ART le da el alta con secuelas. El galeno le comentó a mi cliente que la ART lo iba a llamar para pagarle la incapacidad, pero hasta el día de hoy la ART no lo llamo, ni se expidió de manera formal sobre la situación medica de de mi cliente (incapacidad, tratamiento, etc). Cabe aclarar que el trabajador no esta recuperado ni mucho menos por lo que quiero transitar el procedimiento de las comisiones médicas a fin de que determinen ellas y no la ART la incapacidad del trabajador. Estuve leyendo en el foroy saco como conclusión que no conviene que se expida formalmente la ART dado que después la Comisión va a convalidar lo que dijo la ART. En atención a ello quería ir directamente a las comisiones para que fijen el porcentaje.
Algunos dirán porque no vas a juicio??el tema es que el accidente en los hechos no fue initinere(si formalmente) por lo que no tengo pruebas para ir a juicio y probar dicha circunstancia, dado que fue una “jugada malintencionada” de la empresa.
Consultas.
1) Debido a que el trabajador no se le abono el sueldo de Agosto, quería intimar a la ART para que lo haga.
2) En dicha carta aprovecho y manifiesto que se expida la ART, solicitando que denuncie Nº de Siniestro, incapacidad, tratamiento, etc o directamente voy a las comisiones por los motivos antes enunciados.
3) Armo la intimación a la ART solicitando que abone el sueldo de agosto, y además la pongo en conocimiento que voy a ir directamente a las comisiones? O no le aviso nada. Si o SI tengo que intimar a que abone Agosto porque mi cliente lo necesita.
Muchas gracias
Cwebb
Un empleado sufre un lesión grave en la pierna jugando al futbol; cuando le comunica dicha situación en la empresa, le dicen que lo van a hacer pasar por accidente in itinere. Todo ello para ahorrarse pagar el salario por enf. Inculpable. A consecuencia la ART le da tratamiento durante 8 meses (incapacidad laboral temporaria) y en ese interin el trabajador se considera despedido por deficiencias en la registración, jornada, horas extras, etc.
Que casualidad que cuando se considera despedido, pocos días después el medico de la ART le da el alta con secuelas. El galeno le comentó a mi cliente que la ART lo iba a llamar para pagarle la incapacidad, pero hasta el día de hoy la ART no lo llamo, ni se expidió de manera formal sobre la situación medica de de mi cliente (incapacidad, tratamiento, etc). Cabe aclarar que el trabajador no esta recuperado ni mucho menos por lo que quiero transitar el procedimiento de las comisiones médicas a fin de que determinen ellas y no la ART la incapacidad del trabajador. Estuve leyendo en el foroy saco como conclusión que no conviene que se expida formalmente la ART dado que después la Comisión va a convalidar lo que dijo la ART. En atención a ello quería ir directamente a las comisiones para que fijen el porcentaje.
Algunos dirán porque no vas a juicio??el tema es que el accidente en los hechos no fue initinere(si formalmente) por lo que no tengo pruebas para ir a juicio y probar dicha circunstancia, dado que fue una “jugada malintencionada” de la empresa.
Consultas.
1) Debido a que el trabajador no se le abono el sueldo de Agosto, quería intimar a la ART para que lo haga.
2) En dicha carta aprovecho y manifiesto que se expida la ART, solicitando que denuncie Nº de Siniestro, incapacidad, tratamiento, etc o directamente voy a las comisiones por los motivos antes enunciados.
3) Armo la intimación a la ART solicitando que abone el sueldo de agosto, y además la pongo en conocimiento que voy a ir directamente a las comisiones? O no le aviso nada. Si o SI tengo que intimar a que abone Agosto porque mi cliente lo necesita.
Muchas gracias
Cwebb
