Queridos colegas, envie intercambio telegrafico solicitando todos los rubros indemnizatorios e inicie audiencia del seclo. En la audiencia del seclo reclame los certificados del art 80 pero no habia enviado anteriormente el telegrama reclamandolo.
Mi pregunta como todavia no inicie la demanda, puedo enviar telegrama pidiendo el certificado del art 80 bajo apercibimiento del art 45 de la ley 25345?
Tengo que volver a pedir audiencia en el seclo por este rubro?
Gracias a quien pueda responderme
Mi pregunta como todavia no inicie la demanda, puedo enviar telegrama pidiendo el certificado del art 80 bajo apercibimiento del art 45 de la ley 25345?
Tengo que volver a pedir audiencia en el seclo por este rubro?
Gracias a quien pueda responderme
