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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #736445  por abogadaya1
 
Queridos colegas, envie intercambio telegrafico solicitando todos los rubros indemnizatorios e inicie audiencia del seclo. En la audiencia del seclo reclame los certificados del art 80 pero no habia enviado anteriormente el telegrama reclamandolo.
Mi pregunta como todavia no inicie la demanda, puedo enviar telegrama pidiendo el certificado del art 80 bajo apercibimiento del art 45 de la ley 25345?
Tengo que volver a pedir audiencia en el seclo por este rubro?
Gracias a quien pueda responderme
 #736472  por matias256
 
Envía el telegrama intimando a que lo entreguen, si pasan 48 hs y no lo entregaron. Iniciá la demanda y reclamalo. Si hubieran tenido intenciones de entregarlo lo hubieran hecho en la audiencia del SECLO. Saludos.
 #736870  por agentil
 
abogadaya1 escribió:Queridos colegas, envie intercambio telegrafico solicitando todos los rubros indemnizatorios e inicie audiencia del seclo. En la audiencia del seclo reclame los certificados del art 80 pero no habia enviado anteriormente el telegrama reclamandolo.
Mi pregunta como todavia no inicie la demanda, puedo enviar telegrama pidiendo el certificado del art 80 bajo apercibimiento del art 45 de la ley 25345?
Tengo que volver a pedir audiencia en el seclo por este rubro?
Gracias a quien pueda responderme
Para reclamarlo en la demanda tiene que figurar en el acta de cierre sin acuerdo del seclo, saludos!
 #736890  por abogadaya1
 
Les cuento que en el acta de cierre esta el reclamo del certificado del art 80.
Mi duda vino porque vi una sentencia en donde no hacen lugar a la indemnizacion del art 45 (el de los 3 sueldos) por no haber cumplido con el decreto 146/01. Y en el acta del seclo figuraba el reclamo del art 80 pero no lo habia intimado previamente por telegrama.
Por eso mi duda si tenia que reabrir nuevamente el seclo pese a que figura entre los rubros reclamados.
Desde ya muchas gracias por sus respuestas
 #736959  por matias256
 
abogadaya1 escribió:Les cuento que en el acta de cierre esta el reclamo del certificado del art 80.
Mi duda vino porque vi una sentencia en donde no hacen lugar a la indemnizacion del art 45 (el de los 3 sueldos) por no haber cumplido con el decreto 146/01. Y en el acta del seclo figuraba el reclamo del art 80 pero no lo habia intimado previamente por telegrama.
Por eso mi duda si tenia que reabrir nuevamente el seclo pese a que figura entre los rubros reclamados.
Desde ya muchas gracias por sus respuestas
Por eso mismo, intimá ahora y agregá el TCL en la demanda. Saludos.