Hola gente!
Ante un nuevo caso de este tipo (trabajador en negro, despedido verbalmente), me puse a releer en el foro.
Y veo que hay muchas dudas en este tipo de casos, que por otro lado son muy frecuentes.
Yo he sacado un par de conclusiones, a ver si las comparten:
1) Si el trabajador tiene muy poca antiguedad, conviene mas la 25323 que la 24013, por lo cual yo haría lo siguiente:
Intimar conjuntamente a registrar (30 dias) y aclarar situacion laboral ante impedimento de tareas (2 dias).
De esta forma evitamos que el empleador se "tome" los 30 días para contestar.
Aclaro que no soy amiga de intimar conjuntamente para que en 2 dias manifieste si va a registrar. Todo bien si responden negando vínculo. Pero me genera mucha inseguridad si no responden. Es decir, no me animo a generar despido ante ese silencio.
2) Si nos conviene la 24013, intimar a registrar por 30 días sin mencionar el despido de ninguna forma. Cuando le llegue el tcl mandar al trabajador a prestar tareas, y ante negativa intimar a aclarar situacíón laboral.
Bueno, escucho opiniones, porque ya estoy cansada de siempre dudar y dar vueltas con estos temas.
Saludos a todos!!!
Ante un nuevo caso de este tipo (trabajador en negro, despedido verbalmente), me puse a releer en el foro.
Y veo que hay muchas dudas en este tipo de casos, que por otro lado son muy frecuentes.
Yo he sacado un par de conclusiones, a ver si las comparten:
1) Si el trabajador tiene muy poca antiguedad, conviene mas la 25323 que la 24013, por lo cual yo haría lo siguiente:
Intimar conjuntamente a registrar (30 dias) y aclarar situacion laboral ante impedimento de tareas (2 dias).
De esta forma evitamos que el empleador se "tome" los 30 días para contestar.
Aclaro que no soy amiga de intimar conjuntamente para que en 2 dias manifieste si va a registrar. Todo bien si responden negando vínculo. Pero me genera mucha inseguridad si no responden. Es decir, no me animo a generar despido ante ese silencio.
2) Si nos conviene la 24013, intimar a registrar por 30 días sin mencionar el despido de ninguna forma. Cuando le llegue el tcl mandar al trabajador a prestar tareas, y ante negativa intimar a aclarar situacíón laboral.
Bueno, escucho opiniones, porque ya estoy cansada de siempre dudar y dar vueltas con estos temas.
Saludos a todos!!!
