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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #688410  por Jphansi2
 
Tengo una consulta sobre unas personas que trabajan contratadas en la sede central de una empresa petrolera en su parte administrativa. Figuran en relación de dependencia con una "consultora" hace 3 años y ademas le pagan conforme a convenio de comercio.
Las consultas serian 1.- convenio colectivo aplicable
2.- Intimo por 24013 conforme art 29 o conforme art 30?? cual de los dos seria mas conveniente? Si lo hago por el art 30 puedo pedir la correcta registración o solo la responsabilidad solidaria
Agradecere respuestas
 #689464  por matias256
 
Hola, te hago una corrección cuando hablamos de la 24.013 y la incorrecta registración, es aplicable el artículo 9, 11 y 15 de la misma. Te estás confundiendo con el 29 y 30 de la LCT que hablan de solidaridad y en este caso, al menos con los datos que expresas no tiene nada que ver con ese tema. Saludos.