Tengo una consulta sobre unas personas que trabajan contratadas en la sede central de una empresa petrolera en su parte administrativa. Figuran en relación de dependencia con una "consultora" hace 3 años y ademas le pagan conforme a convenio de comercio.
Las consultas serian 1.- convenio colectivo aplicable
2.- Intimo por 24013 conforme art 29 o conforme art 30?? cual de los dos seria mas conveniente? Si lo hago por el art 30 puedo pedir la correcta registración o solo la responsabilidad solidaria
Agradecere respuestas
Las consultas serian 1.- convenio colectivo aplicable
2.- Intimo por 24013 conforme art 29 o conforme art 30?? cual de los dos seria mas conveniente? Si lo hago por el art 30 puedo pedir la correcta registración o solo la responsabilidad solidaria
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