Hola tengo un cliente empleador que en estos días volvio a su oficina tipo 21 hs a buscar algo que se habia olvidado y encontro a una de sus empleadas sentada en la pc (horario de laburo hasta las 18 hs) con su hermano consultando cosas en la pc. Obviamente se habia ido al cierre de la jornada laboral. Me parece excesivo una suspensión pero creo que es merecedora de un apercibimiento aunque sea para que no se repita. Mi cliente sospecha que anda en algo raro y que no seria la primera vez que lo hace. pero no quiero excederme en el grado de la sancion. Me gustaria leer opiniones. GRacias saludos
