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  • En demanda: les regularon honorarios por actuacion en SECLO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #686955  por Floresta
 
Hola:
Quizás el tema iría en el índice de Honorarios, pero al ser específico de quienes litigan en laboral les consulto aquí ya que hasta ahora EL 99% de los reclamos laborales que patrociné los percibí en SECLO y tengo varios cerrados negativos este año para iniciar demanda.
La consulta es si conocen que los jueces de trabajo de Capital acepten regularnos honorarios por las actuaciones ante el SECLO, basando la petición en el art. 3° de la ley 21.839 sustituido por la ley 24.432, el 59 y 7° de la ley de honorarios.
A quien tenga la experiencia, le agradeceré me cuente si lo reconocen o es perder el tiempo!!
Gracias
 #687453  por Floresta
 
Gracias por responder pero no me expliqué bien quizás. No me refería a lo que exponés sino que el caso es cuando van a demanda, obviamente porque no prosperó un acuerdo en la instancia de conciliación obligatoria.
En el caso del trabajador se ve obligado a agotar esa instancia administrativa para iniciar la demanda, nuestra intervención allí independientemente del resultado se presume onerosa. Con el cierre del SECLO en forma negativa obviamente no podés pretender cobrarle allí honorarios al requerido.

Entonces la consulta es si alguien solicito al juez que entiende en la demanda laboral, además de lo que corresponde se regule por la actuación en demanda, REGULACIÓN POR ACTUACIÓN EN SECLO. Y si así fuera, si fue concedida.

Saludos
 #687464  por agentil
 
Sí, se que se presenta ésta petición pero no estoy seguro si la están otorgando. A mi me dió la idea un abogado en un curso y es más, tengo un modelo de escrito, al que le interese que me mande un privado que se lo mando, saludos!!
 #687475  por Squonk
 
El tema es que los jueces tendrían que regularte un honorario sin tener un monto de condena.
Además, en esa instancia a la demandada requerida no le podes cobrar nada porque no le han sido impuestas las costas.
Solamente podrías ir contra tu cliente y no se si podrás cobrar algo.
No se si el que te dio el modelo te explicó todo esto.
Es difícil
Slds
 #688296  por Floresta
 
agentil escribió:Creo que no me explique bien, lo que yo te digo es para la oportunidad de cobrar un juicio ganado, presentando un escrito pidiendo que regulen honorarios también por la etapa del seclo. saludos!!
Vos lo explicaste mejor!!! Supongo que si nadie en el foro tiene el dato, será porque no prospera.