Hola:
Quizás el tema iría en el índice de Honorarios, pero al ser específico de quienes litigan en laboral les consulto aquí ya que hasta ahora EL 99% de los reclamos laborales que patrociné los percibí en SECLO y tengo varios cerrados negativos este año para iniciar demanda.
La consulta es si conocen que los jueces de trabajo de Capital acepten regularnos honorarios por las actuaciones ante el SECLO, basando la petición en el art. 3° de la ley 21.839 sustituido por la ley 24.432, el 59 y 7° de la ley de honorarios.
A quien tenga la experiencia, le agradeceré me cuente si lo reconocen o es perder el tiempo!!
Gracias
Quizás el tema iría en el índice de Honorarios, pero al ser específico de quienes litigan en laboral les consulto aquí ya que hasta ahora EL 99% de los reclamos laborales que patrociné los percibí en SECLO y tengo varios cerrados negativos este año para iniciar demanda.
La consulta es si conocen que los jueces de trabajo de Capital acepten regularnos honorarios por las actuaciones ante el SECLO, basando la petición en el art. 3° de la ley 21.839 sustituido por la ley 24.432, el 59 y 7° de la ley de honorarios.
A quien tenga la experiencia, le agradeceré me cuente si lo reconocen o es perder el tiempo!!
Gracias
Litigo en Capital Federal y Gran Buenos Aires
