Hola foristas, les hago una consulta, mi cliente pide licencia por enfermedad (hace 25 años que trabaja para la misma empresa) se la otorgan y al finalizar, hacen la reserva de puesto, cuando esta se vence mi cliente pidio una prorroga de la reserva de puesto, hasta tanto le dieran el dictamen de la junta medica del anses, no obtuvo respuesta, pasado los meses le dan una incapacidad del 22% por lo que no se puede jubilar, y regrsa a la empresa para continuar trabajando. En la misma, personalmente le dan a entender , que no va a continuar trabajando. Mi duda es, si le envian telegrama de despido, no le corresponde indemnizacion por el art. 211 ?
Gracias
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