Hola gente tengo un caso en el que el empleador no le curso las prestaciones en dinero a mi cliente por accidente de trabajo. El art. 32 de la ley 24557 habla de sanciones desde multas hasta prision, ahora... como lo instrumento, en la demanda laboral? abro una penal? denuncio el incumplimiento ante algun organismo? Superintendencia y Ministerio de ttrabajo me dicen que ahi no se denuncia....? me reservo el derecho en el laboral? la verdad no se que hacer lei y busque y no encontre nada respecto al tema. Saludos espero sepan ayudarme.
