Hola a todos. Tengo este caso. Mi cliente sufre un accidente mientras estaba en negro. un dia 20 le dan el alta el 17 y ella sufre accidente el 18. Es decir que que luego sufrir el accidente la blanquean. le pagan diciembre, enero y febrero se lo retienen hasta que ella lleve el alta del hospital publico. Me llama y kme presenta el caso, por lo cual intimo mediante telegrama: Que entregue numero de siniestro, las prestaciones correspondientes, ART, pague asignaciones familiares adeudadas por hijo, deposite dinero, blanquee fecha real de ingreso etc.
Me contestan Comunico resicion unilateral de su periodo de prueba. Liquidacion final y certificacion de servicios a su disposicion...
NO ME CONTESTAN LO DEMAS....OBVIAMENTE EL LUNES REITERO TODO Y DESPUES MANDO A MI CLIENTE A COBRAR A CUENTA DE LO ADEUDADO.
La consulta es:
Pueden echarla sin antes tener el alta aun en periodo de prueba?
En caso que este a prueba, deberia esto estar en el recibo de sueldo por que vi en el recibo crero q decia a tiempo indeterminado...o donde lo puedo averiguar?? Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!
Me contestan Comunico resicion unilateral de su periodo de prueba. Liquidacion final y certificacion de servicios a su disposicion...
NO ME CONTESTAN LO DEMAS....OBVIAMENTE EL LUNES REITERO TODO Y DESPUES MANDO A MI CLIENTE A COBRAR A CUENTA DE LO ADEUDADO.
La consulta es:
Pueden echarla sin antes tener el alta aun en periodo de prueba?
En caso que este a prueba, deberia esto estar en el recibo de sueldo por que vi en el recibo crero q decia a tiempo indeterminado...o donde lo puedo averiguar?? Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!
