Hola, tengo un cliente que lo despidieron en el periodo de prueba, pero segùn èl no firmo ningun contatrato por tres meses, osea con fecha cierta. Mi duda es la siguiente, si bien el art 90 dice que si no hay fecha cierta , se considera efectivo, ahora bien trabajo hasta el 4 de marzo, marzo tendrian que abonarle por completo y el mes de prea viso tambien, mas sac proporcional y vacaciones, es asi, es aes mi duda. Mi cliente me dijo quele depositaron el mes de febrero, pero no le hicieron firmar ningun recibo, no puiede volver a reclamarlo, no. Bueno agardezco cualquier ayuda.
