Mi consulta es la siguiente:
Un trabajador (pintor) fue contratado por una empresa constructora, bajo el regimen de la ley 22.250 y estuvo siempre registrado. Pero el tema es que siempre prestó tareas para un hotel.
Puedo pedir en base al art 29 y el plenario "Vasquez c/ Telefonica"? Ya que los aportes los hizo un tercero (la constructora) y no su verdadero empleador (el hotel)
Por otra parte, si es así, aplicó las disposiciones de la LCT y el CCT de hoteles?
Saludos
Un trabajador (pintor) fue contratado por una empresa constructora, bajo el regimen de la ley 22.250 y estuvo siempre registrado. Pero el tema es que siempre prestó tareas para un hotel.
Puedo pedir en base al art 29 y el plenario "Vasquez c/ Telefonica"? Ya que los aportes los hizo un tercero (la constructora) y no su verdadero empleador (el hotel)
Por otra parte, si es así, aplicó las disposiciones de la LCT y el CCT de hoteles?
Saludos
