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  • TRABAJADOR NO SABIA LO QUE FIRMABA Y FIRMO BAJO COACCION!!!

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #669850  por LauraS
 
Puedo alegar que, ante la existencia de una cesion de contrato de trabajo firmada por mi cliente prestando y aportada como defensa por la demandada, donde se violaron ampliamente sus derechos (porque le licuaron la antiguedad), que la firmo bajo coaccion en pos de la conservacion de la fuente de trabajo -al tipo le dijeron "firma aca si queres seguir laburando"-, que no se le explico jamas de su contenido ni de sus efectos juridicos, y que mi cliente desconocia tal circunstancia, atento no haberse expedido jamás copia del mismo para la parte trabajadora????

Todo ello, a los efectos de alegar como hecho nuevo la existencia de ese contrato y asi solidarizar a ambas empresas, ampliando demanda contra la otra ????

Porque, atento el principio protectorio del derecho laboral, y la falta de capacidad negocial del trabajador, me haran lugar a esto???? que opinan????
 #670436  por LauraS
 
Asi es, entendes correctamente Agentil.
No demande a su empleador originario porque mi cliente se acordaba que algo le hicieron firmar en algun momento (pero no le dieron copia). Le dijeron algo asi como que la empresa cambiaba de nombre, pero resulta que cuando analice sus recibos me encontre con 2 CUITS diferentes. Entonces nosotros presumimos que era una transferencia de fondo de comercio y como en el BOletin Oficial no figuraba, invocamos el 225 LCT.

Pero no, ahora resulta que era una Cesion de Contrato de Trabajo, cuyo contrato presento la demandada como defensa.

Entonces estoy alegando hecho nuevo y como vos decis, amplio demanda contra todos.

Es correcto?? Me proveeran la ampliacion?? (La demandada pidio se la cite como 3ro interesado....)
 #670453  por DAL
 
No entiendo cual es el problema.
En la cesión de contrato de trabajo el trabajador conserva el derecho a que se le reconozca la antiguedad que tenía generada pra su empleador anterior. El nuevo es responsable por todfa la antiguedad. No le licúa nada la antiguedad,. si es una cesión de contrato de trabajo. Es texto expreso.
Si es por la constancia del recibo de sueldo, donde el tipo le figure la nueva antiguedad, no te preocupes, esa es la fecha de ingreso con el nuevo empleador, pero en otro instrumento puede surgir el reconocimiento de la antiguedad. Por ejemplo, en la cesió nqeu te traen en la contestación.-
Para poner en la cesión qeu renuncia a la antiguedad del otro empleo, debio ser firmado en Ministerio de Trabajo o Tribunales y ser compensado. De lo contrario, es una renuncia a derecho irrenunciable, por lo que es nula. Pero responde el nuevo empleador por toda la antiguedad del trabajador para ambos empleadores. Funciona IGUAL que el 225-
Relax!
 #670463  por LauraS
 
Si, completamente de acuerdo y entiendo que 225 o 229 son supuestos de solidaridad entre ambas empresas.
El asunto es que recien con la contestacion de la demanda mi cliente ( y yo) nos enteramos fehacientemente que lo que le hicieron firmar era una cesion de contrato de trabajo, donde se reconoce antiguedad al 2001 (y el entro en el 99, pero estuvo en negro hasta el 2001)
Entonces, me comi de demandar a su empleador orginal (y quiero hacerlo).
Por eso alego hechos nuevos y amplio demanda...

El asunto es, el demandado pidio se cite al empleador original COMO TERCERO.

Me concedera el juez la ampliacion de la demanda, en atencion del hecho nuevo del que toma conocimiento mi parte, y obviamente, por la solidaridad dispuesta en el 229 ??
 #670509  por DAL
 
REspecto a la citación de terceros, es dificil el tema, y tendría que saber como lo regula tu codigo, el mio laboral no lo regula, hay que recurrir al civil y esta bastante poco explicado. Pero no te opongas, ya que te favorece que el propio demandado llame al que vos tambien querés demandar.
Respecto al periodo 99 a 2001 tendrás que probarlo y será responsable seguro el empleador primitivo, ahora no se el segundo, pero calculo que tambien.