Hola , buenas tardes. Los consulto porque tengo una duda en un caso de pensión directa
La Sra nació el 16/5/1939
Fallece el 01/02/2001
Tiene inscripción en autónomos y no tiene aportes en relación de dependencia
En la PUC me surge inscripta desde el 05/1955 o sea con 16 años. Cuando le armo la moratoria para completar los 30 años para la pensión me permite tomarle desde el año 1957 (que es cuando cumplió los 18 años) está bien así? Por la 555 no voy a tener problema porque la situación de revista no coincide con la PUC?
Otra pregunta al fallecer la señora tenía 62 años, le puedo tomar un año por exceso de edad?
Mil gracias
La Sra nació el 16/5/1939
Fallece el 01/02/2001
Tiene inscripción en autónomos y no tiene aportes en relación de dependencia
En la PUC me surge inscripta desde el 05/1955 o sea con 16 años. Cuando le armo la moratoria para completar los 30 años para la pensión me permite tomarle desde el año 1957 (que es cuando cumplió los 18 años) está bien así? Por la 555 no voy a tener problema porque la situación de revista no coincide con la PUC?
Otra pregunta al fallecer la señora tenía 62 años, le puedo tomar un año por exceso de edad?
Mil gracias
