Hola Colegas...les queria comentar el siguiente caso, ...mi clienta viene a verme para saber si puede jubilarse...es pensionada...con lo cual le dije que si podia pero que al no tener aportes...debia pagar de contado la moratoria...o bien solicitarla y ante la negativa del beneficio...acudir a la via judicial (amparo...)
Al tiempo me avisa que tiene el dinero como para pagar de contado la moratoria...con lo cual intente hacerle un sicam....resulta que me encuentro que en el año 2007 ya le habia hecho un sicam...que estaba enviado...
Cuando la mando a la Sra. para que le de la baja...puesta estaba hecho en 60 cuotas...etc...habia que modificarlo...en la anses le dicen que ya tenia el beneficio otorgado...que no se puede dar de baja!!!!
Como puedo continuar con esto...???
Saludos cordiales...
Al tiempo me avisa que tiene el dinero como para pagar de contado la moratoria...con lo cual intente hacerle un sicam....resulta que me encuentro que en el año 2007 ya le habia hecho un sicam...que estaba enviado...
Cuando la mando a la Sra. para que le de la baja...puesta estaba hecho en 60 cuotas...etc...habia que modificarlo...en la anses le dicen que ya tenia el beneficio otorgado...que no se puede dar de baja!!!!
Como puedo continuar con esto...???
Saludos cordiales...
