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  • QUIEN DEBE INTIMAR??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #631789  por Lynn Marchmontt
 
Un trabajador tiene 2 empleadores ya que era empleado en una fabrica, fue elegido como representante sindical y desde hace aprox. 20 años cumple tareas en dicho sindicato, mi pregunta es: cual de los dos empleadores debe o puede enviarle la carta doc intimandolo a que inicie los tramites jubilatorios ya que cuenta con la edad y los aportes??..muchas gracias por su respuesta.-
 #635533  por andreamar
 
Perdon que no entendi muy bien el planteo, en cuanto a su situacion laboral actual (para que dos empresas trabaja??)
Pero en definitiva... en mi opinion lo puede intimar (no es obligacion, es mera facultad del empleador) el empelador para el cual en este momento este prestando servicios, y pretenda "desprenderse" de ese empleado sin tener que pagarle indemnizacion por despido Siempre que acredite o corrobore previo el empleador que el trabajador cuenta ya con los recaudos minimos para jubilarse Si trabaja simultaneamente en dos empresas, a mi entender podria cualquiera de esas dos empresas, si pretende despedirlo , esperar el año que tiene para el tramite jubilatorio, y no tener que pagarle luego indemnizacion Ojo que si son servicios simultaneos logico no suman !!!
 #635577  por noelin
 
NO CONSIDERASTE COMO EMPLEADOR AL SINDICATO, NO?? PQ ESO NO ES RELACION LABORAL.
 #635583  por Anyweb
 
Si no tiene los 30 años de servicios puede rechazar la intimación. Hay que ver que figura en el SIPA.
 #636507  por Lynn Marchmontt
 
Tiene todo, años de servicio y aportes...entonces quien debe intimar es la empresa donde trabajó hasta ser electo para cumplir funciones en el sindicato y si se jubila podria seguir ejerciendo por el periodo que le queda cumplir???...
 #636527  por noelin
 
OBVIAMENTE SERIA LA EMPRESA QUIEN DEBE INTIMAR Y NO EL SINDICATO