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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #630433  por fabianc
 
Les quiero hacer una consulta , y ver como se encuentran tomando los casos las distintas UDAI y como procesan las distintas AFIP. El caso es así, en trámite de pensión directa, causante autonomo, inscripro en año 1956 y fallecido en 2001, desde el año 1989 no pagó más, se presentó en julio 2010 460/F en AFIP para incorporar Cuenta y situación de revista real, en plazo 72 hs la cuenta estaba cargada y los pagos realizado, se procesó el SICAM a los fines de cumplir el requisito para la pensión, se envió plan y pago cuota, solicitamos turno y al momento del inicio al presentarno , el iniciado constata que tal lo requerido en la 555/10 debería salir en pestaña datos personales la situación de revista que en realidad no sale, vamos a AFIP nuevamente me dicen que no lo peueden cargar porque el Sr no tenia pagos posteriores al 9/93 y consulto en mesa de ayuda y me contestan:
Sr/a contribuyente:
Ante todo, muchas gracias por su consulta. Con respecto a la Resolución ANSES citada, se ha planteado el tema ante las autoridades de dicho organismo y no se efectuarán modificaciones para períodos prescriptos.
El resto de la temática está en estudio por parte de las autoridades de ambos organismos.
Saludo a usted muy atentamente.
V.D.
Sección Mesa de Ayuda de Aplicativos Dirección de Asistencia Ciudadana.

El ANSES sigue solicitando aparezca en pestaña la situación, y el próximo 22/10 vence la 2da cuota de moratoria.
Alguien pasó por un caso similar, como se lo resolvieron, como actuo ANSES??
desde ya mil gracias
 #630573  por arielruiz86
 
Bueno pero que pide el Anses? que aparesca la situacion de revista del sicam desde el año 1956?
Aca el error me parece que es del anses: el difunto estuvo afiliado en el anses, no en la afip, por eso no le figura nada en el PUC, pero te lo tiene que tomar asi como esta, lo unico que debe controlar el anses es que la situacion de revista del sicam sea coincidente con el PUC desp del 9/93. Si no hay PUC no hay nada que respetar, y menos aun si no hay pagos desp del 93 o "algo" (como alguna informacion en el sistema registral/hiforme historico de autonomos) que insinue o refjeje que si estuvo inscripto en la afip.