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  • CIRCULAR 38/10 AMPLIACION DE PERIODOS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #621321  por rovmia
 
Hola foristas, tengo una clienta pensionada que quiere pagar para jubilarse de contado. El tema es que tiene algunos pagos de la moratoria 592/79 y con esta nueva circular no se que interpretar. Solo deberia pagar 3 anios y 9 meses ya que le caben 7 anios de declaracion jurada y tiene muchos de exceso de edad y algunos anios en relacion de dependencia. Intente optar por la 592 y la deuda me dio mas cara, ademas que algunos beneficios que no le puedo aplicar. Lo que quiero saber es si puedo hacer todo en SICAM I sin optar por la moratoria. Esta circular, dice que los titulares que se hubieran adherido a la moratoria 592 y que registren periodos anteriores a la fecha de inicio de actividad de acuerdo a AUT1, (en este caso no registra), deberan ser incluidos en el plan de moratoria como ampliacion de periodos. Mi duda es, entre miles que tengo, puedo no optar por esta moratoria como se hacia siempre? o debo optar por la misma?.
Espero sus comentarios
 #621398  por MARIO1943
 
rovmia escribió:Hola foristas, tengo una clienta pensionada que quiere pagar para jubilarse de contado. El tema es que tiene algunos pagos de la moratoria 592/79 y con esta nueva circular no se que interpretar. Solo deberia pagar 3 anios y 9 meses ya que le caben 7 anios de declaracion jurada y tiene muchos de exceso de edad y algunos anios en relacion de dependencia. Intente optar por la 592 y la deuda me dio mas cara, ademas que algunos beneficios que no le puedo aplicar. Lo que quiero saber es si puedo hacer todo en SICAM I sin optar por la moratoria. Esta circular, dice que los titulares que se hubieran adherido a la moratoria 592 y que registren periodos anteriores a la fecha de inicio de actividad de acuerdo a AUT1, (en este caso no registra), deberan ser incluidos en el plan de moratoria como ampliacion de periodos. Mi duda es, entre miles que tengo, puedo no optar por esta moratoria como se hacia siempre? o debo optar por la misma?.
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SI QUERES , PODES NO OPTAR POR LA MORATORIA 592/79 Y DE ESTA FORMA PODES PRESCRIBIR LO ANTERIOR A LA VIGENCIA DE LA MISMA, POR CUALQUIER PERIODO HASTA EL 30/06/1979, ASI LO DICE LA 555
 #621415  por rovmia
 
Hola Mario, gracias por la respuesta. Puedo simplemente no optar por la moratoria y tomarle algunos meses pagos y prescribir lo que no me sirve y armar todo en SICAM I? solo 3 anios y algunos meses tengo que comprarle y es todo anterior al 93. Con la declaracion jurada no paga 7 anios, mas los pagos que le precribo me da la deuda 0. Puedo hacer eso?
Muchas gracias y saludos