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  • Jubilacion sin aportes - SDM - Res. 555/2010

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #609977  por Mario_
 
He estado leyendo la resolución 555/2010 y por lo que interpreto afecta a los contribuyentes que ya estaban registrados previamente, los pone en una situación desventajosa en relación a los que nunca aportaron.

Si una persona no aporto nunca, en el SICAM le hacemos la moratoria hasta 8/1993 y de allí en adelante se le puede comprar SDM a partir del 2000, con la consecuencia de que ahora hay que hacerlo en el SICAM y calcular el pago de interéses y la prueba del dador del empleo.

Pero una pregunta me surge, si yo no quiero comprar SDM, y amplio períodos desde el 93 con el SICAM, manteniendo la categoría que hice para lo moratoria la posibilidad es lícita o me equivoco.

Gracias.
 #609982  por MARIO1943
 
Mario_ escribió:He estado leyendo la resolución 555/2010 y por lo que interpreto afecta a los contribuyentes que ya estaban registrados previamente, los pone en una situación desventajosa en relación a los que nunca aportaron.

Si una persona no aporto nunca, en el SICAM le hacemos la moratoria hasta 8/1993 y de allí en adelante se le puede comprar SDM a partir del 2000, con la consecuencia de que ahora hay que hacerlo en el SICAM y calcular el pago de interéses y la prueba del dador del empleo.

Pero una pregunta me surge, si yo no quiero comprar SDM, y amplio períodos desde el 93 con el SICAM, manteniendo la categoría que hice para lo moratoria la posibilidad es lícita o me equivoco.

Gracias.
NO LO PODES HACER, POR QUE NO VA A COINCIDIR CON EL PUC Y TE VAN A EXIGIR LAS PRUEBAS , YA QUE LA MISMA SALE DE LA MORATORIA de la 24476
 #609993  por MARIO1943
 
inesla escribió:hola, me meto y qué pasa si le doy alta al 09/2010, con una actividad y reconozco deuda hacía atrás???????? sds
AHI TENES QUE AMPLIAR EN SICAM II Y SI QUERES RECONOCER DEUDA TENES QUE PRESENTAR PRUEBAS
 #609994  por Mario_
 
Muchísimas gracias Mario.

Pero yo siempre las que presente con SDM, compre con menos de 12 hs semanales, no creo que ahora haya cambiado tanto que voy a necesitar prueba fehaciente. Me equivoco?

Saludos.
 #610007  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:
inesla escribió:hola, me meto y qué pasa si le doy alta al 09/2010, con una actividad y reconozco deuda hacía atrás???????? sds
AHI TENES QUE AMPLIAR EN SICAM II Y SI QUERES RECONOCER DEUDA TENES QUE PRESENTAR PRUEBAS
ACLARO SI PRETENDES RECONCER DEUDA DESDE EL 10/1993 HASTA EL 08/2010, TENES QUE PRESENTAR PRUEBAS , EL TEMA DE LA AMPLIACION
ES SI TE FALTAN PERIODOS PARA COMPUTAR
 #610010  por MARIO1943
 
Mario_ escribió:Muchísimas gracias Mario.

Pero yo siempre las que presente con SDM, compre con menos de 12 hs semanales, no creo que ahora haya cambiado tanto que voy a necesitar prueba fehaciente. Me equivoco?

Saludos.

EN EL SDM , TENES QUE JUSTIFICAR DADOR DE TRABAJO
 #610176  por inesla
 
hola, pero en ese caso verifican, hay un nro de personas que han trabajado y sus dadores de trabajo pueden corroborar o firmar los 102 y 575, no?? sds