Buenos dias estimados foristas: Tengo un cliente que en la actualidad percibe una pension graciable por incapacidad de la Provincia de Buenos aires. Ahora bien, en diciembre cumple la edad para comenzar el tramite de jubilacion por ceguera de la ley 20.888. Son incompatibles ambas prestaciones? En el caso de que asi sea, conocen los montos que se perciben por juilacion por ceguera? Esto último para evaluar qué prestación resultará la mas conveniente.
Muchas gracias por la colaboración!
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"Nada es verdad ni es mentira,
todo depende del cristal con que se mira".
William Shakespeare
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