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  • URGENTE: SUSPENSIÓN PLAZO

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 #577018  por merceditas
 
Disculpen mi ignorancia. Necesito saber urgente si hay alguna disposición dle Código Procesal Civil de la Nación (o doctrina o jurisprudencia) que contemple la suspensión de terminos, cuando está corriendo un plazo para recurrir y el expediente no se encuentra en casillero desde hace mucho tiempo!!!!

Muchas gracias.
 #577414  por sole10
 
Tenés que dejar nota los Martes y Viernes,hasta que el expte.vuelva a letra.
Si hace mucho tiempo que no lo encontrás,a su vez,presentá un escrito de búsqueda urgente.

Sin perjuicio de ello,el art.que contempla la suspensión de plazos procesales,es el 157 del CPCCN
SUSPENSION Y ABREVIACION CONVENCIONAL. DECLARACION DE INTERRUPCION Y SUSPENSION

Art. 157. - Los apoderados no podrán acordar una suspensión mayor de VEINTE (20) días sin acreditar ante el juez o tribunal la conformidad de sus mandantes.

Las partes podrán acordar la abreviación de un plazo mediante una manifestación expresa por escrito.

Los jueces y tribunales deberán declarar la interrupción o suspensión de los plazos cuando circunstancias de fuerza mayor o causas graves hicieren imposible la realización del acto pendiente.
 #584322  por merceditas
 
Gracias Sole por tu rta!!!