Hola Foristas:
me llego un cliente que en una sucecion representaba al hijo menor de edad, el abogado que seguia la causa fallecio, y ese es el motivo de su visita, el ultimo auto decia:"....- ALCANZO MAYORIA DE EDAD.-(LEY 26579/2009).- San Isidro, de de 2010.- Dado lo solicitado y habiendo llegado a la mayoría de edad el heredero de autos ………, nacido el 99 de octubre de 1987 , cesó a su respecto la representación legal ejercida por su padre, por lo que deberá comparecer por si o por apoderado en estas actuaciones (ley 26579).-cuanto a la presentación de fs.81, no ha lugar a dicha petición, conforme lo dispuesto precedentemente.Oportunamente deberá aclararse la fojas donde fue librado el cheque referido en el escrito en despacho, como así también a los fines denunciados deberá acompañarse el certificado de informes personales de la causante extendido por el Reg.de la Prop.Inmuble de la Prov.de Bs.As. (art.765 del CPCC.).-...."
El tema es que el hijo vive a 800 kms de donde esta la causa entonces quiere seguir el como representante del hijo, nunca lo hice todavia entonces mi pregunta aunque quizas obvia es, si tienen que ir a un escribano ambos para que le hagan un poder o hay alternativas... si me podrian informar los gastos mas o menos de cuanto podrian ser... o alguna opinion de como continuarlo!!!
muchas gracias!!!!
me llego un cliente que en una sucecion representaba al hijo menor de edad, el abogado que seguia la causa fallecio, y ese es el motivo de su visita, el ultimo auto decia:"....- ALCANZO MAYORIA DE EDAD.-(LEY 26579/2009).- San Isidro, de de 2010.- Dado lo solicitado y habiendo llegado a la mayoría de edad el heredero de autos ………, nacido el 99 de octubre de 1987 , cesó a su respecto la representación legal ejercida por su padre, por lo que deberá comparecer por si o por apoderado en estas actuaciones (ley 26579).-cuanto a la presentación de fs.81, no ha lugar a dicha petición, conforme lo dispuesto precedentemente.Oportunamente deberá aclararse la fojas donde fue librado el cheque referido en el escrito en despacho, como así también a los fines denunciados deberá acompañarse el certificado de informes personales de la causante extendido por el Reg.de la Prop.Inmuble de la Prov.de Bs.As. (art.765 del CPCC.).-...."
El tema es que el hijo vive a 800 kms de donde esta la causa entonces quiere seguir el como representante del hijo, nunca lo hice todavia entonces mi pregunta aunque quizas obvia es, si tienen que ir a un escribano ambos para que le hagan un poder o hay alternativas... si me podrian informar los gastos mas o menos de cuanto podrian ser... o alguna opinion de como continuarlo!!!
muchas gracias!!!!
