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 #563568  por silvinalan
 
Necesito ayuda colegas, un amigo me hizo una consulta: seño un propiedad en provincia de Bs As. y una de las clausulas dice: "La escritura traslativa del dominio del inmueble se realiza en base a titulos que son perfectos, siendo los gastos de la misma soportados por la parte Compradora en su totalidad, excepto el ITI y el Estado Parcelario, que sera a cargo de la parte Vendedora en su totalidad".

Ahora mi amigo se entero que la venta del inmueble por parte de la vendedora esta alcanzada por el impuesto a los sellos en la provincia de Bs. As., no estando alcanzada por la parte compradora ya que es vivienda unica, hipoteca, etc, o sea grava solo a la parte vendedora.

LA PARTE COMPRADORA ES RESPONSABLE DEL PAGO DEL IMPUESTO A LOS SELLOS CON LA CLAUSULA QUE FIGURA EN LA SEÑA, o puede salvarse ya que esto no es un gasto sino un impuesto, por favor en caso de salvarse necesitaria que me digan los fundamentos, doctrina, etc.

gracias.