Hola a todos. A ver si alguien tuvo un caso similar y me ayuda un poco.
Tengo que iniciar una sucesion en el cual hay varios bienes y tengo a la viuda en el país y a su hijo (conjuntamente con ella, únicos herederos) en el exterior. El hijo... que vive en el España, hasta que regrese van a pasar varios meses, queremos iniciar cuanto antes el sucesorio y yo prefiero que haga un poder (a su madre o a mí, abogados de ambos) en vez de denunciarlo como heredero y tener que "notificarlo" estando él fuera del país.
La duda es simplemente sobre las solemnidades o formalidades en cuanto a un poder celebrado en España, para que sea válido en el país.
Muchas gracias a todo el que pueda colaborar. Saludos!!!
Tengo que iniciar una sucesion en el cual hay varios bienes y tengo a la viuda en el país y a su hijo (conjuntamente con ella, únicos herederos) en el exterior. El hijo... que vive en el España, hasta que regrese van a pasar varios meses, queremos iniciar cuanto antes el sucesorio y yo prefiero que haga un poder (a su madre o a mí, abogados de ambos) en vez de denunciarlo como heredero y tener que "notificarlo" estando él fuera del país.
La duda es simplemente sobre las solemnidades o formalidades en cuanto a un poder celebrado en España, para que sea válido en el país.
Muchas gracias a todo el que pueda colaborar. Saludos!!!
