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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #554816  por olmedo357
 
Tengo el caso de un reajuste que se encuentra en etapa de ejecución en secretaria 2 y falleció el actor. Para seguir el expediente hay que presentarse con la declaratoria y con el poder de los herederos no? y una vez que hay sumas para cobrar pedir desde la sucesión que anses remita los fondos a la susesión. Esto es así por que es el primer caso que tengo de este tipo y quiero ver bien como sigo
 #554929  por andrea1982
 
En ppio., entiendo que con la Declaratoria.
Existe alguien con derecho a pensión? Fijate que en ese caso hay un fallo.
 #555265  por mlanezan
 
hola, estaba por postear este tema. En el juzgado 5 de capital, denuncie el fallecimeinto de mi cliente y presente a pensionada, estaba pidiendo sentencia y te piden el ultimo recibo de cobro, no me quedo otra.
En el proveido, como piden ademas el expte adm de la pension derivada, me dice " Se hace saber que oportunamente debera acompañar declaratoria dew herederos", osea antes de dictar sentencia.
Por los cursos que he hecho, nos han enseñado que si hay pensionada lo continua ella, aca copio lo que nos enseñaron:
"COBRO DEL RETROACTIVO EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL BENEFICIARIO A CUYO FAVOR SE DICTÓ LA SENTENCIA DE REAJUSTE.
Si bien algunos Juzgado del Fuero de la Seguridad Social, consideraban que ese retroactivo integraba el acervo sucesorio del causante, la cuestión quedó zanjada con el dictado del fallo de la CSJN en la causa “Salgueiro, Elida Josefa c/ Anses s/ reajustes por movilidad” (sentencia del 3.12.02). Así, de acuerdo al considerando 3º del fallo antes referido, “los importes devengados al tiempo del fallecimiento del causante, deben ser percibidos por su viuda a la que se le otorgó pensión, de conformidad con las disposiciones del art. 20 de la ley 14.370”, antecedente jurisprudencial que también fue invocado por la Excma. CFSS en las causas “Lavezzri, Aude Teresa c/ Anses s/ Ejecución Previsional” ( Sala III SI 77947 del 24.2.03) y “Taglialavore, Angela c/ Anses s/ incidente” (Sala I SI 57255 del 24.2.03). "
digo, porque me pedirian la declaratoria si ya esta claro el tema ?( de todas maneras la tengo, pero es de pura casualidad que inicie la sucesion por otras cuestiones y no me cuesta presentarla),
 #555296  por markello
 
Este tema se habia traido a colacion hace un tiempo, donde en algun juzgado federal nos pedia sucesion y declaratoria de herederos cuando el actor fallece con un juicio en tramite habiendo una pension derivada.
No obstante ello, lo que manifestas es respecto al RETROACTIVO a favor del causante pero la continuidad del juicio, como es tu caso, tiene interpretaciones judiciales diversas y más variadas interpretaciones entre nosotros pero por ahora debemos allanarnos a la petición judicial sino queda el juicio sin movimiento. Podes continuar con las presentaciones, siempre y cuando hayas acreditado la pension derivada y el poder.
Por supuesto que este juzgado solicita remision del expediente administrativo asi que deberas solicitar el de la pension y no es viable la certificacion del mismo por la anses.
Mañana tengo que consultas sobre un particular en ese juzgado y quiero preguntar sobre este supuesto, uno nunca sabe que puede suceder con los propios clientes, veamos que me contestan y te aviso, pero me llama la atención.

El problema se da en ejemplos como una pensión por concubinato contra los intereses de los hijos del causante sobre un proceso judicial en primera instancia sin sentencia.
saludos
 #555300  por andrea1982
 
Si, tal como dice Markello, ya lo habíamos discutido a esto, yo encontré algunas posturas distintas a la de Salgueiro. Fijate si lográs encontrarlo con el buscador.

En el estudio, siempre presentamos la declaratoria porque justo se dió asi. De todas formas no está de más que te fijes en ese fallo.
 #555382  por andrea1982
 
Aprovecho, Markello: Averiguaste algo más del tema de los reajuste con moratoria??? Deberías abrir un post..a ver qué onda.. no?
 #555479  por olmedo357
 
No, en el caso este no hay pensionada. Están nada más los hijos mayores. Qué debería presentar? declaratoria y partida de defunción? y sigo la ejecución?
 #555563  por andrea1982
 
Yo entiendo que si, que iría la declaratoria para poder cobrar el retroactivo, y deberían depositarlo en la sucesión.

Saludos
Andrea
 #556276  por olmedo357
 
Por que es un juicio viejo que está en ejecución. Todavía no se intimó a Anses a cumplir con la sentencia. EL abogado cuando supo del fallecimiento del actor huyó despavorido. Yo calculo que con la delaratoria y la partida de defunción muevo la ejecución y luego cuando haya algo para cobrar tendré que pedir que lo giren a la sucesión. Ahora en los procesos de ejecución, anses te deposita en el expediente, lo mandan a ucadep, cómo es en esos casos, ya que nunca tuve ejecuciones?