hola, mi consulta es la siguiente: que pasa cuando el demandado es notidicado de un traslado de demanda y difiere la fecha de notificacion q se consigna en su cedula, con la fecha y hora que consigno el oficial de justicia en la cedula que va al expediente....si soy defensor de la parte demandada, y el actor se quiere amparar en ese error involuntario del oficial, para decir que no conteste la demanda en tiempo?? (mi cedula consigna un dia despues al de la cedula del juzgado- por lo tanto un dia mas para contestar)
si bien la palabra del oficial de justicia siempre prevalece por ser un funcionario pco. como puedo fundamentar en este caso, la fecha en que yo contesto, y que tambien es en tiempo y forma...??
si bien la palabra del oficial de justicia siempre prevalece por ser un funcionario pco. como puedo fundamentar en este caso, la fecha en que yo contesto, y que tambien es en tiempo y forma...??
