Hola a todos, tengo la siguiente duda, y quisiera ver que opinan:
el tema es asi, en una sucesión se dictó la declaratoria de herederos, pero en la planilla de juicios universales, se consignó el nombre del causante como Amancio, que es como figuraba en el certificado de defunción. Luego veo que en la partida de matrimonio, figura como nombre del causante el de Amanzio con Z. Se dicta la declaratoria y me doy cuenta de este error despúes. Hay una casa que se va a vender, y en la escritura figura Amancio. Entonces, ustedes piensan que es necesario dar cuenta de esta situación al juzgado y que este libre por las dudas un nuevo oficio al registro de juicios universales consignando la variante en el nombre?????? Yo voy por la parte que va a comprar la casa, y la idea es no dejar ningún cabo suelto.
saludos
Iris
el tema es asi, en una sucesión se dictó la declaratoria de herederos, pero en la planilla de juicios universales, se consignó el nombre del causante como Amancio, que es como figuraba en el certificado de defunción. Luego veo que en la partida de matrimonio, figura como nombre del causante el de Amanzio con Z. Se dicta la declaratoria y me doy cuenta de este error despúes. Hay una casa que se va a vender, y en la escritura figura Amancio. Entonces, ustedes piensan que es necesario dar cuenta de esta situación al juzgado y que este libre por las dudas un nuevo oficio al registro de juicios universales consignando la variante en el nombre?????? Yo voy por la parte que va a comprar la casa, y la idea es no dejar ningún cabo suelto.
saludos
Iris
