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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #618758  por MARITA77
 
arandu escribió:Trataré de ayudar:

El solicitante tiene derecho a renunciar a periodos que no le hacen falta. Eso se llama RESERVA DE DERECHOS. Se coloca en la solcitud de prestaciones en la parte de observaciones.
Ahora, como tiene pagos de SDM y no los declaro todos en el Sicam, tenia que haberlos declarado, y luego renunciado en la solcitud. De lo que estoy segura es que no corresponde pagar los intereses de esos periodos que le dan exceso, porque no los necesita, art. 19 y circular 30/10. Podes pelear con el derecho a su renuncia, sin liquidar de nuevo, o podes liquidar de nuevo y renunciar despues, PERO DE NINGUN MODO PAGUES LOS INTERESES. no te hacen falta.
Suerte.
Bueno ,no se usar las citas, (dramamita, noelin y arandu )
les cuento me presente nuevamente ayer en Anses, sin nada nuevo ,pues no pude abrir el portal en toda la mañana.A la persona que hizo la liquidacion no la pude localizar.
la supervisora volvio a consultar , y vino con lo mismo que tenia que incluir sdm.pues este no tenia beneficiospara lo cual me dijeron que pida un turno para asistencia previsional,asi ellos rehacian todo y luego otro turno para iniciar.
les pregunte si iban a respetar todo lo hecho hasta ahora y me dijeron que si que solo incluirian los tres pagos que faltaban. Que lleve todos los papeles que me dieron y la iniciadora me dijo que si me atendia otro que le dijera que ella estaba al tanto.
Al pedir el turno me daban en otra udai,asi que lo rechace, hoy vere que pasa.
Aun no di de baja el Sicam. Asi que con lo que ustedes me dicen ,estoy tratando de buscar el art 19 y la circular 30/10.para llevarles antes, si esto fundamenta,pienso que van a aceptarlo o por lo menos a analizarlo.
No se imaginan lo agradecida que estoy por las respuestas.
Si me pueden aportar algo mas ,bienvenido y sino despues les cuento.Muchas gracias Marita
 #619709  por MARITA77
 
Hola! me presente nuevamente sin turno, para plantear a la supervisora el tema de reserva de derecho, por art 19. Insistió en que SDM tiene que figurar completo en la liquidación,que ya lo habían consultado.
Hoy conseguí turno en la misma udai,para el 28/09 para asistencia previsional .Justo al limite con la fecha.no se si se presenta antes de octubre.estoy pensando en ir sacando un turno para iniciar,para no perder tiempo,Podre?
bueno después les cuento.
Saludos Marita
 #619941  por alejandra01
 
Marita. que pasa si hacés además una imputación en afip de esos tres meses, diciendo que los desconocés porque no son pagos tuyos...???. Si afip te toma la imputación, y te da constancia para presentar en anses, tendrías que esperar solo que impacte en el sipa. Si lo hacés en capital creería que sale más rápido..al menos eso creo...porque yo pedí 3 reimputaciones en provincia y son lentísimas y largas. Averiguá...todo sirve...
Entonces ya no sería cuestión de renunciar a esos pagos, sino de decir que los imputaste porque los desconocés como propios..
 #619950  por MARITA77
 
hOLA aLEJANDRA
algo de eso me insinuo hoy la supervisora,pero no entendia por que reimputarlos.
si en realidad me sobran ,por eso no se incluyeron en la liquidacion.Pero si figuran en Sicam en la pestaña que dice datos personales ,pagos , etc. pero no se usaron en la liquidacion.
Yo tuve que reimputar un pago en junio que modificaba el cese (un error del que hizo los formularios)y demoro 2 meses y eso porque fui a defensa del contribuyente de afip.
Asi que voy a esperar el turno y volver a preguntar antes de dar de baja,ya estoy llegando a octubre y no se con que me van a salir, lo que mas me molesta es ver lo inseguros que estan, y tener que volver a pagar la primera cuota y los intereses de esos 3 periodos.
Gracias por la sugerencia ,saludos Marita
 #620608  por alejandra01
 
mirá. dije IMPUTAR...no REIMPUTAR.
Entiendo: reimputar...que se tome ese pago a otro período
IMPUTAR: que se deje sin efecto, no mostrar el tiket, decir "no es Mío", sacalo de acá, dalo de baja, porque me molesta y perjudica y yo nunca lo hice. Entendés?...perdés la plata, pero dicen que es más rápido...y esa constancia la presentás en el anses.

Los tikets que quedan de constancia de pago del banco y van al afip no tienen la firma del que los hizo, y eso me señaló el iniciador del anses una vez: pedí que te lo imputen (era un pago que apareció en el sijp después de cerrado el sicam, y lo vieron el día del turno...No fuí a preguntar a afip, conseguí el tiket y saqué otro turno y listo.Ese pago era posterior al sicam enviado, por eso no estaba en el sicam en ese entonces. La aprobaron igual).
 #620710  por MARITA77
 
buen dia Alejandra,
El tema es que esos pagos son de fecha 26/05,en ese momento los necesitaba.no entro el tramite porque habia un pago (03/2009) que inhabilitaba art 3.y por eso lo re impute. en la segunda liquidación,ya aparecen en pagos en el sicam, pero no se tomaron para la liquidación,pues no los necesitaba.
Yo no se, pues están todos tan confusos todavía, si lo que quieren es que figuren en la liquidación , o simplemente no vieron que dentro del sicam figuraba en pagos.pues hay que mostrarles detalle por detalle.no sabes si se les pierde algo.
No entiendo tampoco porque cada vez tenes que pagar de nuevo la primer cuota de la moratoria.
lo cierto es que el martes tengo el turno para asesoramiento ? igual antes de que lo den de baja voy a volver con el tema.Pero te seguro que ya no quiero pensar mas en todo esto. y una vez que entre ,ver como sigue.
Como veras estoy desde mayo pisandole los talones a las circulares por un error en la fecha de un formulario que estaba de mas.
Agradezco un montón tus aportes, Saludos Marita
 #620963  por alejandra01
 
Marita. por favor decime donde queda defensa del contribuyente y como hiciste porque tengo una señora con pagos hace más de dos meses sin reimputar, y cada día la normativa cambia para peor...tengo que ir a ver si me solucionan algo...Te lo agradecería mucho...

MARITA77 escribió:hOLA aLEJANDRA
algo de eso me insinuo hoy la supervisora,pero no entendia por que reimputarlos.
si en realidad me sobran ,por eso no se incluyeron en la liquidacion.Pero si figuran en Sicam en la pestaña que dice datos personales ,pagos , etc. pero no se usaron en la liquidacion.
Yo tuve que reimputar un pago en junio que modificaba el cese (un error del que hizo los formularios)y demoro 2 meses y eso porque fui a defensa del contribuyente de afip.
Asi que voy a esperar el turno y volver a preguntar antes de dar de baja,ya estoy llegando a octubre y no se con que me van a salir, lo que mas me molesta es ver lo inseguros que estan, y tener que volver a pagar la primera cuota y los intereses de esos 3 periodos.
Gracias por la sugerencia ,saludos Marita
 #621043  por MARITA77
 
Alejandra, te conteste en MP PERO NO SE SI TE LLEGO CREI QUE TAMBIEN SALIA EN AL FORO.
A mi me derivaron de la afip al sector defensa del contribuyente.
pero tambien vi en los post que en la pag. de afip hay un sector para lo mismo y que funciono exactamente como a mi.
saludos Marita