Estimados:
Necesitaría si alguno podría comentar detalladamente el procedimiento de consignación laboral en Capital Federal. Hasta ahora solo se sorteo juzgado. ¿El juez ahora debe intimar a la empresa deudora para que deposite las sumas? ¿El procedimiento requiere que la empresa promueva demanda? y en su caso ¿Que se le debería notificar a mi cliente y en que plazo?. Yo por lo pronto ya tengo preparadas 3 contestaciones distintas que hice evaluando las potenciales eventualidades que puedan surgir.
Por otro lado, al tratarse de una indemnización por fallecimiento 248 LCT, y al estar perfectamente realizada la liquidación por parte de la empresa, ¿corresponde que me allane?.
Por último, yo voy por la conviviente y los hijos, pero esta persona estaba casada hace 30 años. Su cónyuge se fue del país hace 28 años, del certificado de defunción no surge el estado civil ¿me recomiendan que denuncie que estaba casado? en su caso, si no lo denuncio ¿el juez podría solicitar de oficio que se remita un pedido de informe al registro civil? o simplemente ¿si no se presenta la cónyuge se le da por perdido el derecho al cobro?.
Se que son muchas cosas juntas, pero en lo que puedan ayudarme, les voy a estra muy agradecido
Necesitaría si alguno podría comentar detalladamente el procedimiento de consignación laboral en Capital Federal. Hasta ahora solo se sorteo juzgado. ¿El juez ahora debe intimar a la empresa deudora para que deposite las sumas? ¿El procedimiento requiere que la empresa promueva demanda? y en su caso ¿Que se le debería notificar a mi cliente y en que plazo?. Yo por lo pronto ya tengo preparadas 3 contestaciones distintas que hice evaluando las potenciales eventualidades que puedan surgir.
Por otro lado, al tratarse de una indemnización por fallecimiento 248 LCT, y al estar perfectamente realizada la liquidación por parte de la empresa, ¿corresponde que me allane?.
Por último, yo voy por la conviviente y los hijos, pero esta persona estaba casada hace 30 años. Su cónyuge se fue del país hace 28 años, del certificado de defunción no surge el estado civil ¿me recomiendan que denuncie que estaba casado? en su caso, si no lo denuncio ¿el juez podría solicitar de oficio que se remita un pedido de informe al registro civil? o simplemente ¿si no se presenta la cónyuge se le da por perdido el derecho al cobro?.
Se que son muchas cosas juntas, pero en lo que puedan ayudarme, les voy a estra muy agradecido
