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  • CONSIGNACIÓN LABORAL - PROCEDIMIENTO CABA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #994491  por QuodNexum
 
Estimados:
Necesitaría si alguno podría comentar detalladamente el procedimiento de consignación laboral en Capital Federal. Hasta ahora solo se sorteo juzgado. ¿El juez ahora debe intimar a la empresa deudora para que deposite las sumas? ¿El procedimiento requiere que la empresa promueva demanda? y en su caso ¿Que se le debería notificar a mi cliente y en que plazo?. Yo por lo pronto ya tengo preparadas 3 contestaciones distintas que hice evaluando las potenciales eventualidades que puedan surgir.


Por otro lado, al tratarse de una indemnización por fallecimiento 248 LCT, y al estar perfectamente realizada la liquidación por parte de la empresa, ¿corresponde que me allane?.

Por último, yo voy por la conviviente y los hijos, pero esta persona estaba casada hace 30 años. Su cónyuge se fue del país hace 28 años, del certificado de defunción no surge el estado civil ¿me recomiendan que denuncie que estaba casado? en su caso, si no lo denuncio ¿el juez podría solicitar de oficio que se remita un pedido de informe al registro civil? o simplemente ¿si no se presenta la cónyuge se le da por perdido el derecho al cobro?.

Se que son muchas cosas juntas, pero en lo que puedan ayudarme, les voy a estra muy agradecido
 #994657  por andresxeneizes
 
Necesitaría si alguno podría comentar detalladamente el procedimiento de consignación laboral en Capital Federal. Hasta ahora solo se sorteo juzgado. ¿El juez ahora debe intimar a la empresa deudora para que deposite las sumas? ¿El procedimiento requiere que la empresa promueva demanda? y en su caso ¿Que se le debería notificar a mi cliente y en que plazo?. Yo por lo pronto ya tengo preparadas 3 contestaciones distintas que hice evaluando las potenciales eventualidades que puedan surgir.
generalmente lleva mediacion previa.
si la empresa promovio demanda y vos vas por el actor y esta todo bien podes allanarte, en caso que no sea asi necesitas reconvenir.
a tu cliente le van a notificar el traslado de la demanda.
Por otro lado, al tratarse de una indemnización por fallecimiento 248 LCT, y al estar perfectamente realizada la liquidación por parte de la empresa, ¿corresponde que me allane?.
y si esta bien hecha te evitarias las costas
Por último, yo voy por la conviviente y los hijos, pero esta persona estaba casada hace 30 años. Su cónyuge se fue del país hace 28 años, del certificado de defunción no surge el estado civil ¿me recomiendan que denuncie que estaba casado? en su caso, si no lo denuncio ¿el juez podría solicitar de oficio que se remita un pedido de informe al registro civil? o simplemente ¿si no se presenta la cónyuge se le da por perdido el derecho al cobro?.
yo te recomiendo pedir un certificado de matrimonio al registro civil, si llegas a obtener esto antes de que te venza el plazo para contestar el allanamiento seria lo ideal y sino llegas sin perjuicio de allanarte ofrecer prueba informativa al registro civil a los fines que acompañen un certificado de matrimonio
 #995035  por QuodNexum
 
La etapa de conciliación ante el SECLO ya esta cerrada. ¿Por que pensas que debería denunciar el estado civil? ¿No tendría que en su caso presentarse la cónyuge por derecho propio? de todas maneras eso no va a pasar por que ni siquiera esta en el país...
 #995210  por QuodNexum
 
El fallecido se caso en 1978. La unión duró solo 6 meses por que quien era su mujer se fue a vivir a España y nunca se separaron. En 1980 conoce a quien fue durante 37 su conviviente y madre d sus hijos (mis clientes). La pregunta es ¿Tengo que denunciar que estaba casado? en caso de no hacerlo ¿el juez podría de oficio intentar averiguar el estado civil? yo no aporto ninguna documental de la que surja el estado civil, ni siquiera el el certificado de defunción dice el estado civil. Hable con el abogado de la empresa y me dijeron que ellos no van a mencionar que estaba casado, por lo que si yo tampoco digo nada creo que no habría problemas.
 #995352  por andresxeneizes
 
yo creo lo mismo que el abogado de la empresa, y no diria nada del estado civil, diria soltero, total tu cliente no tiene porque saber que estuvo casado y si pasa pasa, no creo que te manden a pedir informe al registro civil, porque incluso podria haberse casado en cualquier lado y tendrian que oficiar a todo los registros civiles del pais, lo cual seria una locura