Solana escribió:Hace un ratito hable con ella y le pedi que me leyera la resolución del beneficio. Ahi me doy cuenta de que debería haber abonado ella la cuota y no iba a ser descontada.
Nadie le avisó que debía abonar ella en el banco la cuota mes a mes.
Hay alguna manera de resolver esto, sin tener que abonar todas juntas las cuotas vencidas? Porque, desde ya, no cuenta con todo ese dinero...
Cuál es la mejor opción ante esta situación?
Saludos
La Circular de la ANSES es muy estricta y requiere la cancelación de la deuda:
"Buenos Aires, 08 de Noviembre de 2007.-
CIRCULAR GP Nº 61/07
BENEFICIOS CON MORATORIA - CUOTAS MAYORES A $ 360,00
REHABILITACIONES POR FALTA DE PAGO DE CUOTA DE MORATORIA
AMPLIACION CIRCULAR GP Nº 68/06
Ampliando lo indicado en la Circular GP Nº 68/06, se indica a las UDAI y áreas operativas que, frente a los reclamos de titulares por encontrarse suspendido su beneficio con causa “30 - SUSP. NO PAGO MORATORIA” y resultando que en la liquidación del mismo no se registren los códigos de descuentos correspondientes a la cuota de moratoria, se deberá consultar en SICAM si el monto de dicha cuota supera el importe de $ 360,00.
Resultando esto correcto deberá verificarse en dicho sistema:
1) Que el plan de moratoria se encuentre vigente.
2) Que las cuotas vencidas, desde la primera hasta la correspondiente a la fecha de reclamos para la activación del beneficio se encuentren pagas.
3) Cumplido los puntos 1) y 2) se podrá efectuar la activación del beneficio y dependiendo de la afiliación del titular al Régimen de Reparto o Capitalización, se deberá operar, conforme lo indicado en la Circular GP Nº 68/06."