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  • REGULACIÓN DE HONORARIOS. CLASIFICACIÓN DE TAREAS.

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 #979203  por Doctomasito
 
Hola colegas. Una pregunta bien simple y concreta : en el caso de solicitar regulación de honorarios en una sucesión ( en la C.A.B.A, aclaro ), y habiendo sido el único letrado que intervino patrocinando a los dos únicos herederos, es NECESARIA la clasificación de tareas ? Muchas gracias.
 #979432  por Doctomasito
 
Y ya que estamos e el tema regulación de honorarios, te pido una opinión : el único bien del acervo estaba ( y continúa luego de la inscripción de la D.H ) afectado al régimen de bien de familia ( recordar , en estos casos la limitación que impone el art. 48 de la ley 14.394 con respecto a los honorarios : 3 % de la valuación fiscal del bien ). Los herederos son gente de plena confianza y el acuerdo de palabra con ellos preveía solicitar regulación,y, sobre ello pactamos un descuento ( esto, sin tener en cuenta al momento de hacerlo, de lo del bien de familia, porque hasta ellos lo ignoraban ). Por eso, en el mismo escrito en el que se solicita la regulación, además de consentir la tasación de mercado del bien que yo presento, los herederos RENUNCIAN a la limitación que establece la ley citada. Creés que el Juez lo tendrá en cuenta ? Muchas gracias de nuevo.
 #979461  por Squonk
 
Si la sucesión fuese en PBA te contestaría que no se puede, porque el art. 35 de la 8904 lo prohibe expresamente.
Como en CABA no se regula por la valuación fiscal, porque como todos sabemos no reflejan el valor real del inmueble, posiblemente y depende del juzgado, te hagan lugar a lo que pedís.
También podrían regularte el 3 % sobre la valuación real.
No sé, yo lo pediría de todos modos