CHICOS. les cuento...demanda laboral con solidaridad, por lo cual demando a dos empresas...la que despidió a mi clienta, y a la principal por su responsabilidad en la falta de controles porque le pagaban por media jornada y me consta que trabajaba jornada completa porque es conocida.
Ahora bien. La empresa principal, que cede tareas a la otra, contesta demanda y opone falta de leg, pasiva. Lo contesto.
Ahora veo que apelo!...y ordenan dar traslado a mi parte de sus agravios..es usual eso?..
El juzgado, una vez que contesté demanda dijo: "téngase por contestado el traslado y presente la excepción de
falta de legitimación pasiva para ser resuelta con el fondo del asunto". luego aparece " Concédese el recurso de apelación interpuesto a fs. 118
por la parte demandada. De la expresión de agravios, traslado a la contraria por el término de tres días"
No tengo idea si debo o no contestar, porque sería repetitivo. Me imagino que sus agravios será por la decisión del tribunal, de resolver la cuestión más adelante...pero...nunca tuve experiencias con el tema de apelaciones de excepciones.Espero alguna ayudita...gracias
Ahora bien. La empresa principal, que cede tareas a la otra, contesta demanda y opone falta de leg, pasiva. Lo contesto.
Ahora veo que apelo!...y ordenan dar traslado a mi parte de sus agravios..es usual eso?..
El juzgado, una vez que contesté demanda dijo: "téngase por contestado el traslado y presente la excepción de
falta de legitimación pasiva para ser resuelta con el fondo del asunto". luego aparece " Concédese el recurso de apelación interpuesto a fs. 118
por la parte demandada. De la expresión de agravios, traslado a la contraria por el término de tres días"
No tengo idea si debo o no contestar, porque sería repetitivo. Me imagino que sus agravios será por la decisión del tribunal, de resolver la cuestión más adelante...pero...nunca tuve experiencias con el tema de apelaciones de excepciones.Espero alguna ayudita...gracias
