Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PERIODO DE PRUEBA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #924527  por Breman
 
Consulta:

Si tengo un empleado en periodo de prueba, y en el dia 80 lo notifico con el preaviso de 15 dias de que se termina la relacion.

El empleado termina trabajando 95 dias en periodo de prueba, y en la liquidacion final solo le pago los dias pendientes, SAC proporcional y vacaciones no gozadas,

Esto es correcto?

Para mi no, pero ayer en curso sobre este tema los profesores dijeron que era correcto debido a que el art. 92 de la LCT indica que se debe preavisar durante el periodo de prueba, por lo que tranquilamente lo puedo preavisar en el dia 89 y tenerlo trabajando 15 dias mas...
 #924559  por andresxeneizes
 
entiendo que la barrera entre periodo de prueba y trabajo efectivo no son 90 dias de trabajo, sino el limite es que antes de los 90 dias tenes que prescindir de los servicios
 #924571  por eltam88
 
El período de prueba es de tres meses, si lo excedes fuiste, va debés pagar indem por antigüedad.
 #924582  por agentil
 
Si trabajo 89 días no debes pagar indemnización por antigüedad pero si notificaste el preaviso tarde o sea, no 15 días antes de los 90 días debes abonar los 15 días de preaviso.

saludos!!
 #924747  por GU
 
Decile a tu profesor que curse la carrera de derecho -antes de enseñarla- que se aprende un monton.

Salutes!
 #924826  por jovenabogada23
 
GU escribió:Decile a tu profesor que curse la carrera de derecho -antes de enseñarla- que se aprende un monton.

Salutes!
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: que capoo