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  • demandado laboral se declara en quiebra

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #923921  por flor2005
 
hola colegas, les pido ayuida con el sigueinte tema, ya que encontre poco al respecto. en un juicio laboral por trabajo en negro, la SRL demandada contesta demanda denunciando que se encuentra en quiebra que tramita en sede comercial. segun he leido aunque yo no tenga sentencia firme, o sea un credito laboral para verificar, me tengo que presentar en la quiebra para salvaguadar el posible credito d emi cliente, bueno, como lo hago....digo para que sea una presentecion completa y no solo un "se presenta", tendrian algun modelito?? o alguien que haya tramitado esto y pueda contame?? mil gracias!! hago laboral, pero es el primer caso que me aparece asi y no quisiera tener una sentanecia a favor sin tener a quien obligar al pago de la misma......saludos!!!!
 #923942  por andresxeneizes
 
no tenes que ir obligatoriamente a la quiebra art 21 inc 2 lcq
ARTICULO 21.- Juicios contra el concursado. La apertura del concurso produce, a partir de la publicación de edictos, la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado por causa o título anterior a su presentación, y su radicación en el juzgado del concurso. No podrán deducirse nuevas acciones con fundamento en tales causas o títulos.

Quedan excluidos de los efectos antes mencionados:


2. Los procesos de conocimiento en trámite y los juicios laborales, salvo que el actor opte por suspender el procedimiento y verificar su crédito conforme lo dispuesto por los artículos 32 y concordantes;
Tenes dos opciones 1) seguir en fuero laboral obtener sentencia y luego verificar la misma en la quiebra 2) verificar en la quiebra directamente, pasemos a analizar cada una

1) la ventaja de seguir en el fuero laboral es que en la practica en el fuero laboral tienen a favor todas las presunciones a favor del trabajador y no como en el fuero comercial donde no te tienen en cuenta estas presunciones.
Si seguis en el fuero laboral lo que tenes que tener presente son dos cosas 1) tenes que notificar al sindico de la demanda 2) una vez que tengas sentencia firme tenes 6 meses para ir a verificar el credito

2) para ir a la quiebra hay que ver si estas en tiempo, ya que puede haber pasado el plazo de verificacion entonces estarias verificando tardiamente, es decir que ademas de que en la practica no vas a tener a favor las presunciones, te van a imponer las costas por verificar tardiamente.

Yo seguiria en el fuero laboral, y una vez que tengas la sentencia iria a la quiebra a verificar
 #923943  por flor2005
 
perfecto y gracias! de ninguna manera dejo el laboral....tengo mucho a mi favor...o sea, casi ni es controvertido, porq reconocieron la relacion, solo lleva el tiempo procesal natural llegar a sentencia, lo que no quiero es que no queden bienes para cuando llegue ese momento. lo que quiero es lo que vos me decis....presentarme ante el juez laboral y ante el sindico......eso es lo que no se como hacer.....al sindico lo voy a llamar pero para hacerlo formal, es un "se presenta - manifiesta" o como lo harias vos??
mil gracias!
 #923950  por andresxeneizes
 
desde que una quiebra se inicia hasta la distribucion final, minimo por parte muy baja hay 2 años, tendrias que ir a ver la quiebra en todo caso para ver si esta cerca de la distribucion final y en todo caso si es asi podrias presentar un escrito en la quiebra denunciado este juicio laboral y solicitando que cuando hagan la distribucion pongan dentro de las previsiones este juicio (nota: cuando se hace la distribucion en la quiebra se deja un monto como prevision por pagos que pueden llegar a futuro)

en relacion a como hacer entrar al sindico en el juicio laboral, si ellos denunciaron la quiebra quizas denunciaron el domicilio del sindico, si es asi pedi la notificacion a dicho domicilio, sino habria que ir a la quiebra a averiguar el nombre y domicilio del sindico y pedir en el laboral que lo notifiquen alli
 #923968  por flor2005
 
muy bueno todo, la quiebra se inicio en junio...asi que con suerte tengo sent laboral antes que se liquide el comercial......por otro lado, tengo los datos del sindico, o sea me decis que es procedente que le pida la juzgado laboral que notifique al sindico de la existencia de mi juicio??? gracias!
por otro lado, no te parece que solo me presente ahora en el comercial?? a modo de que el juez sepa de mi existencia?? salvedad, el juez laboral ya mando oficio al juez comercial a fin de que informe si es cierto que existe dicha declaracion de quiebra.
gracias!!
 #923975  por andresxeneizes
 
si pedi en el laboral notificar al sindico del juicio.
si ya se mando oficio al juzgado de la quiebra, el juzgado laboral hizo el laburo por vos de comunicarle a la quiebra de la existencia del juicio, por lo que no es necesario que hagas un escrito para presentarte en la quiebra (hasta tanto tengas que ir a verificar)
 #924146  por sanjuanino
 
andresxeneizes escribió:no tenes que ir obligatoriamente a la quiebra art 21 inc 2 lcq
ARTICULO 21.- Juicios contra el concursado. La apertura del concurso produce, a partir de la publicación de edictos, la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado por causa o título anterior a su presentación, y su radicación en el juzgado del concurso. No podrán deducirse nuevas acciones con fundamento en tales causas o títulos.

Quedan excluidos de los efectos antes mencionados:


2. Los procesos de conocimiento en trámite y los juicios laborales, salvo que el actor opte por suspender el procedimiento y verificar su crédito conforme lo dispuesto por los artículos 32 y concordantes;
Tenes dos opciones 1) seguir en fuero laboral obtener sentencia y luego verificar la misma en la quiebra 2) verificar en la quiebra directamente, pasemos a analizar cada una

1) la ventaja de seguir en el fuero laboral es que en la practica en el fuero laboral tienen a favor todas las presunciones a favor del trabajador y no como en el fuero comercial donde no te tienen en cuenta estas presunciones.
Si seguis en el fuero laboral lo que tenes que tener presente son dos cosas 1) tenes que notificar al sindico de la demanda 2) una vez que tengas sentencia firme tenes 6 meses para ir a verificar el credito

2) para ir a la quiebra hay que ver si estas en tiempo, ya que puede haber pasado el plazo de verificacion entonces estarias verificando tardiamente, es decir que ademas de que en la practica no vas a tener a favor las presunciones, te van a imponer las costas por verificar tardiamente.

Yo seguiria en el fuero laboral, y una vez que tengas la sentencia iria a la quiebra a verificar
Impresionante y clara exposición de mi amigo hincha de boca.
Un lujo por lo didáctico. Ojalá yo tuviera ese poder de síntesis
 #924161  por MORGAN
 
no haría absolutamente nada respecto de notificar al sindico el juicio., nada, salvo que el tribunal ordene se los cite y me toque hacer la cédula sino nada de nada. ojo con manifestar algo en el expte de la quiebra porque el síndico toma esas presentaciones como verificación y te opone prescripción. no se dice nada hasta que obtengas el crédito. otra, trabajo en negro ni te preocupes de la srl hay que apuntar a la persona física