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  • DUDA ART 10 24013 Y DIF SALARIALES

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #923791  por Javi2012
 
Estimados queria consultarles una duda respecto del art. 10 de la ley 24013.
Resulta que una clienta esta registrada como media jornada cuando en realidad trabaja jornada completa y además de ello se la registro con una remuneracion inferiror a la que percibe. Es decir se la registro por $2152, percibe $3000 y le corresponderia conforme al CCT y a la jornada que cumle 4999.50. MI pregunta es: intimo por la 24013 a que registre la verdadera remuneración devengada y le abone las diferencias salariales por lo de la media jornada, pero al hacer la liquidación por el Art. 10 de la 24013 como la calculo: la cuarta parte del importe de las remuneraciones devengadas y no registradas como dice la ley, o sea la cuarta parte de la diferencia entre 4999,50 que es devengada y 2152 que es la que percibe conforme recibo?

Otra duda: Cuando la ley dice "la cuarta parte del importe de las remuneraciones devengadas y no registradas..." para calcularla que sueldo se toma el neto o el bruto? ya que si se registró como sueldo bruto por ejemplo 2800 y al trabajador por recibo le figura que percibe como sueldo neto por ejemplo 2200 y en realidad percibe en mano 3000, si calculo la cuarta parte de las remuneraciones devengadas y no registradas haciendo la diferencia entre 3000 y 2800 es mucho menor a si la calculo haciendo la diferencia entre 3000 y 2200 por ejemplo.
Desde ya muchas gracias