Hola estimados colegas
les dejo una inquietud. vino a verme un cliente, es docente, tiene un problema de las cuerdas vocales. los primeros sintomas arrancaron en 2008, su ART le indico foniatria y descanso, tuvo varias recaidas. finalmente la misma ART dispuso la reubicación permanente.
sin embargo, no fijo incapacidad. fue con otro letrado a las comisiones medicas. en este momento tiene presentada la apelacion ante la comision medica central. ya que no reconocen la incapacidad.
la semana pasada fue a ver a un medico legista, que estimo incapacidad del 15%. pedi una conciliacion en el seclo con la ART. cerramos sin acuerdo.
el empleador es a provincia de buenos aires. mi pregunta es:
a) el plazo de prescripcion empiexa a correra desde que el medico legista firmo una incapacidad del 15%? (conforme art 258 lct) o desde que el inicio la via administrativa?
b) conviene iniciar en fuero civil o laboral? entiendo que si el empleador es la provincia de buenos aires, aunque la ART tenga domicilio legal en CABA voy a tener que litigar en provincia.
porfi espero comentarios.
gracias miles!!!!!!
les dejo una inquietud. vino a verme un cliente, es docente, tiene un problema de las cuerdas vocales. los primeros sintomas arrancaron en 2008, su ART le indico foniatria y descanso, tuvo varias recaidas. finalmente la misma ART dispuso la reubicación permanente.
sin embargo, no fijo incapacidad. fue con otro letrado a las comisiones medicas. en este momento tiene presentada la apelacion ante la comision medica central. ya que no reconocen la incapacidad.
la semana pasada fue a ver a un medico legista, que estimo incapacidad del 15%. pedi una conciliacion en el seclo con la ART. cerramos sin acuerdo.
el empleador es a provincia de buenos aires. mi pregunta es:
a) el plazo de prescripcion empiexa a correra desde que el medico legista firmo una incapacidad del 15%? (conforme art 258 lct) o desde que el inicio la via administrativa?
b) conviene iniciar en fuero civil o laboral? entiendo que si el empleador es la provincia de buenos aires, aunque la ART tenga domicilio legal en CABA voy a tener que litigar en provincia.
porfi espero comentarios.
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