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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #701488  por jrives
 
Buenas Tardes, tengo que iniciar una demanda por el despido de una empleada doméstica y resulta que me han surgido varias dudas. Consultando bibliografía especializada veo que no son pocos los autores que hablan de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 24744. Por otra parte, consultando el foro encontre un modelo de demanda de la Dra. Carolina Mariel Dacuña, donde se plantea la inconstitucionalidad de varios arts. del Decreto 326/56, que le da un enfoque interesante al tema. Mi inquietud surge a raiz de que la empleada no estaba registrada, por lo que me parece que el escollo más dificil es el de la prueba de la relacion laboral y del horario de trabajo ya que en el estatuto no existen presunciones a favor del trabajador. Me parece que lo mejor sería plantear la inconstitucionalidad del art. 2 porque se habilita un amplio espectro en favor del empleado, claro está si se hiciera lugar a la inconstitucionalidad. Sin embargo, no he encontrado jurisprudencia al respceto. La demnada de Dacuña pareciera darle un giro a ese problema ya que aplica fallos que, si bien se relacionan tangencialmente con el tema, resuelven algunas cuestiones. No la del indubio pro operario, según entiendo. Alquien con experiencia me podría decir si vale la pena meterse en el tema de la inconstitucionalidad, o mas vale ver que suerte se corre con la prueba y reclamar por el Dec. 326/56.
Saludos y desde ya muchas Gracias.
PD: De plantear la inconstitucionalidad, habria que reclamar subsisdiariamente por el Dec. para el caso de que no se haga lugar?
 #701498  por eltam88
 
Yo mucha experiencia no tengo pero es un tema dificil la inconstitucionalidad, no he visto jurisprudencia
Si litigas en prov. hace el juramento estimatorio art. 39 ley 11653 puede servirte.

ARTICULO 39.- Cuando en virtud de una norma legal aplicable exista obligación de llevar libros, registros o planillas especiales de ¡índole laboral, y a requerimiento judicial no se los exhiba o resulte que no reúne las exigencias legales y reglamentarias, incumbir al empleador la prueba contraria si el trabajador o sus derecho-habientes prestaren declaración jurada sobre los hechos que debieron consignarse en los mismos.

En los casos en que se controvierta el monto o el cobro de remuneraciones en dinero o en especie, la prueba contraria a la reclamación corresponder al empleador.

Esto en algo puede ayudarte. Testigos son claves
 #701587  por jrives
 
Muchas gracias por tu respuesta. La verdad es que yo también veo difícil el tema de la inconstitucionalidad, no porque no comparta los argumentos, sino porque no veo claro que le vayan a dar andamiento. Pero en fin, como no tengo experiencia en empleo doméstico, de ahí la duda. En cuanto al 39, te comento que litigo en provincia de bs. as. Sería plicable por el tema de la libreta? esto no me queda claro.
Gracias y saludos.
 #701593  por eltam88
 
Yo creo que si-en cuanto a la libreta-. Vos hacelo y luego se verá. La prueba testimonial es clave, asegurate de ella.
 #701822  por jrives
 
OK, Muchisimas gracias por tu ayuda.
 #701825  por eltam88
 
Te comento que he visto un fallo en el cual el juramento art. 39 no se aplica a los domésticos. Pero yo que vos lo hago igual jajaj.
 #918760  por rene1357
 
En lugar de irse por las ramas, tiren un modelo, no sean egoistas. copiar y pegar.-