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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #910394  por drsantos
 
Estimados colegas Un trabajador rural trabajaba en negro durante 6 años para una Sra x y uno de sus hijos Oscar. La SRA X muere en mayo de 2011 y el Sr. Oscar despide al empleado en forma verbal EN JUNIO DE 2011. El trabajador ante el despido intima a Oscar, pero se equivoca en el apellido por no conocer el apellido correcto, error en 2 letras. Lo intima al domicilio de Oscar y los TCL son recibidos pero no contestados. Luego de esto la abogada inicia demanda contra Oscar pero siempre con el apellido mal, y sin demandar al resto de los herederos.
Nunca lo pudo notificar.
Ahora el Hombre me viene a ver a mi porque se peleo con la abogada y quiere que tome el tema.
Mis preguntas son:
1) Que me conviene hacer ya que la demanda esta mal dirigida, porque el apellido no es el correcto, si esta bien el domicilio (nunca fue notificada).-
2) Como puedo incorporar a los herederos, que tengo sus datos son tres hermanos mas, pero nunca se los intimo porque el trabajador desconocía los nombres de los mismos.-
3) Me conviene tratar de enderezar esta demanda o desistirla e iniciar una nueva.
Agradeceré cualquier consejo.-
Saludos.-
 #910690  por sanjuanino
 
Convengo con mi compañero boquense. Todavía el asunto es facilmente arreglable
 #910861  por CRISTINA FERREYRA
 
Hola, la demanda como no fue notificada puede ser ampliada o modificada dado que no se trabó la litis (ver art. del cód proc. de tu provincia). Fijate como están expuestos los hechos y si se menciona a la madre empleadora (muerta), amplialos si hace falta. También en virtud de la relación laboral con ella, denunciá como herederos de XXX y agregalos como demandados. Fijate si abrieron la sucesión para ver si podes demandar a la suc. XXX -a veces hay un administrador que la representa.
Se puede ampliar la prueba. Podés pedir que se libre oficio al Registro de juicios Universales a los efectos de que informe si se abrió la suc .de fulana, dado su carácter de empleadora, y poder reclamar el crédito existente.
*leo* Asimismo, habría que estudiar la posibilidad de que a estas alturas se remitan TCL a la sucesión o los herederos reclamando el pago de las sumas debidas -puesto que el distracto es único y ya se consideró despedido-, pero eso depende de la redacción de los TCL a Oscar... si se especificó que la relación laboral era con él y la madre muerta.
Existiría responsabilidad laboral solidaria entre Oscar y su madre (+)
Tené en cuenta que luego del traslado de la demanda, cuando hay hechos nuevos se denuncian y se puede solicitar prueba dependiendo de su naturaleza... Hay que ver jurisprudencia... :?:
Espero haber sido útil, el tema hay que trabajarlo. Suerte.- *cafe*
 #910929  por agentil
 
Si es trabajador rural entiendo que no se aplica la lct. En que términos intimo en los telegrmas? que puso?

Si no te la queres complicar con los herederos podés demandar solo al hijo ya que también era empleador directo. Fijate si este tiene bienes.

saludos!!
 #911031  por sanjuanino
 
agentil escribió:Si es trabajador rural entiendo que no se aplica la lct.
Si se le aplica supletoriamente la LCT y la 24013 a partir de la reforma de la ley de trabajo agrario del año pasado. Ahora es negocio agarrar agrario por esa razón
 #911045  por agentil
 
sanjuanino escribió:
agentil escribió:Si es trabajador rural entiendo que no se aplica la lct.
Si se le aplica supletoriamente la LCT y la 24013 a partir de la reforma de la ley de trabajo agrario del año pasado. Ahora es negocio agarrar agrario por esa razón
Claro es cierto. Algo sabia pero la verdad que como nunca tuve un caso no le presté mucha atención. El tema es saber que dice con respecto a las situaciones anteriores a la nueva ley.

saludos!!