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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #903809  por Drml2010
 
Mala noticia, fue devuelta al remitente porque consigna SE MUDO pero tengo conocimiento fehaciente de que el local es explotador por esa razon social en ese domicilio. Ahora bien, intentare enviar el mismo telegrama pero consignando en destinatario el nombre del local de fantasia. Correcto?
 #903854  por Arbeiter
 
Drml2010 escribió:Mala noticia, fue devuelta al remitente porque consigna SE MUDO pero tengo conocimiento fehaciente de que el local es explotador por esa razon social en ese domicilio. Ahora bien, intentare enviar el mismo telegrama pero consignando en destinatario el nombre del local de fantasia. Correcto?
Probá una vez mas, poniendo en destinatario NOMBRE FANTASIA ACTUAL / NOMBRE AL QUE INTIMABAS EN MISIVAS ANTERIORES.

Igual si tenés conocimiento fehaciente de que se trata del mismo local, los das por notificados igual o denuncias rechazo malicioso en ministerio.
 #903975  por Drml2010
 
De acuerdo, consignare como consignatario tanto al nombre de fantasía como a su explotador, y volvere a enviar la cd también a la AFIP atento la inclusión del nuevo destinatario. Gracias. Saludos
 #904196  por Drml2010
 
Colega, estuve averiguando y solo procede la misiva consignando como destinatario la razon social y no el nombre de fantasia, es correcto? De hecho hoy pase por el lugar y opera en el domicilio consignado en la misiva anterior y claro bajo el nombre de fantasia. Que opinas? Envio nuevamente la misma misiva consignando como destinatario la razon social o una nueva pero consignando como destinatario el nombre de fantasia? Gracias
 #904209  por Arbeiter
 
Drml2010 escribió:Colega, estuve averiguando y solo procede la misiva consignando como destinatario la razon social y no el nombre de fantasia, es correcto? De hecho hoy pase por el lugar y opera en el domicilio consignado en la misiva anterior y claro bajo el nombre de fantasia. Que opinas? Envio nuevamente la misma misiva consignando como destinatario la razon social o una nueva pero consignando como destinatario el nombre de fantasia? Gracias
El tema del destinatario es, en sí, para el cartero. Si después vas a extender responsabilidad porque la demandada se dió a conocer ante la sociedad toda como "NOMBREDEFANTASÍA", siendo en realidad quién explota "XXX", es decir el "empresario" en los términos del art. 5 LCT, no creo que tengas problemas. Yo siempre hice así. Te doy un ejemplo, "REMISES CORDOBA / Juan Perez" Así tal cuál lo colocás en el apartado de destinatario. Individualizá bien a quién y por qué estás intimando en el contenido de la misma y es suficiente.
Si alguien opina alguna otra cosa, bienvenido sea...!
 #906148  por Drml2010
 
Ya estoy confeccionando la liquidación, debería contemplar la indemnización del 245 mas todas las multas correspondientes por ser una relación laboral no registrada, es correcta la forma de proceder para armar tal liquidación? Gracias colegas
 #906354  por Arbeiter
 
Drml2010 escribió:Ya estoy confeccionando la liquidación, debería contemplar la indemnización del 245 mas todas las multas correspondientes por ser una relación laboral no registrada, es correcta la forma de proceder para armar tal liquidación? Gracias colegas
Si tal cual. SAC y Vacaciones no gozadas, horas extra y nocturnas si las hay y si las reclamaste, indemnizaciones del 232, 233 y 245 mas la agravada del 182 y multas del 1 y 2 de la 25323 y del 80 de la lct.
 #906385  por sanjuanino
 
Arbeiter escribió:
Drml2010 escribió:Ya estoy confeccionando la liquidación, debería contemplar la indemnización del 245 mas todas las multas correspondientes por ser una relación laboral no registrada, es correcta la forma de proceder para armar tal liquidación? Gracias colegas
Si tal cual. SAC y Vacaciones no gozadas, horas extra y nocturnas si las hay y si las reclamaste, indemnizaciones del 232, 233 y 245 mas la agravada del 182 y multas del 1 y 2 de la 25323 y del 80 de la lct.
Exactamente.
Y los SAC por rubros, que lo estan aceptando los tribunales. Pedí también el art. 9 de la ley 25013
 #906443  por Drml2010
 
Lógicamente, estoy tomando como parámetro el salario que percibía en la actividad laboral no registrada, a efectos de hacer el debido cálculo...Ahora bien, en el caso de que se rechace nuevamente la misiva enviada al empleador, ya me encuentro en condiciones para solicitar turno al SECLO, correcto? Y por otra parte, si bien no hay impedimento por razones de monto, en el caso de no acordarse en SECLO, procede interponer demanda laboral por monto exiguo? Gracias saludos cordiales.
 #907022  por Drml2010
 
En caso de enviar ahora la notificación considerándose despedido mi cliente, debo consignar la normativa de la LCT omitida en la misiva anterior por la cual mi cliente intimo a su empleador a regularizar situación laboral? Gracias
 #907119  por Arbeiter
 
Drml2010 escribió:En caso de enviar ahora la notificación considerándose despedido mi cliente, debo consignar la normativa de la LCT omitida en la misiva anterior por la cual mi cliente intimo a su empleador a regularizar situación laboral? Gracias
No, siempre tenés que intimar haciendo clara mención de lo que pedís y del apercibimiento en caso de incumplimiento o silencio. La normativa que fundamenta tu reclamo usualmente la colocás para que quede mejor armado, o más claro. Pero el derecho se presume conocido ("Ignorantia juris non excusat")
 #907335  por sanjuanino
 
sin perjuicio de lo expuesto por mi compañero cordobés, siempre es mejor dejar lo mas claramente expresada la normativa en el intercambio telegráfico, y suplir en las nuevas comunicaciones las omitidas anteriormente
 #908495  por Drml2010
 
Buenos días colegas. Nuevamente llego devuelto el telegrama esta vez indicando domicilio desconocido. Evidentemente hubo connivencia entre el notificador y dueño del local porque el local se encuentra en ese domicilio, tengo factura y fotografias que asi lo acreditan. Habiendo intimado a registrar relación laboral, debería nuevamente intimar a su registracion o ya mismo notificar despido indirecto? Que opinan colegas? Gracias. Saludos
 #908666  por ods
 
Drml2010 escribió:Colegas, me llego la notificacion de la empleadora rechazando en todos sus terminos la misiva enviada. Ahora bien, no queda mas que considerar a mi cliente despedida por culpa y cargo de la empleadora, y sin importar una nueva contestacion de la empleadora, solicitar turno en SECLO, o debo continuar contestando cada uno de los rechazos interpuestos por la empleadora? Gracias...
Perdon pero me perdi de algo? la primera se notificaron y la que te consideras despedido no? Si fue al mismo domicilio ya esta, yo no mandaria mas telegramas.-