Hola, el caso es asi:
Mi cliente fue despedido sin causa. Cursamos un primer telegrama con todas las indemnizaciones, multas y rubros aplicables, entre ellas, "intimar por 30 dias entrega de certificados de trabajo y constancia de aportes.."
Pasaron ya mas de 30 dias, y si bien contestaron el telegrama negando todo, y diciendo que "oportunamente los certificados estaran a disposicion", lo cierto es que eso no ha sucedido. No han intimado a mi cliente a retirar los mismos.
La duda es si:
a-Tengo que mandar un nuevo telegrama, intimando por 48 horas (para tornar aplicable multa art 80 ultimo parrafo).
b-Ya puedo demandar (soy de Tucuman, aqui no hay Seclo), y esa demanda vale como intimacion para la entrega de los certificados (es decir, notificado de la demanda, el ex empleador deberia en 48 horas entregar los certificados).
Muchas gracias
Mi cliente fue despedido sin causa. Cursamos un primer telegrama con todas las indemnizaciones, multas y rubros aplicables, entre ellas, "intimar por 30 dias entrega de certificados de trabajo y constancia de aportes.."
Pasaron ya mas de 30 dias, y si bien contestaron el telegrama negando todo, y diciendo que "oportunamente los certificados estaran a disposicion", lo cierto es que eso no ha sucedido. No han intimado a mi cliente a retirar los mismos.
La duda es si:
a-Tengo que mandar un nuevo telegrama, intimando por 48 horas (para tornar aplicable multa art 80 ultimo parrafo).
b-Ya puedo demandar (soy de Tucuman, aqui no hay Seclo), y esa demanda vale como intimacion para la entrega de los certificados (es decir, notificado de la demanda, el ex empleador deberia en 48 horas entregar los certificados).
Muchas gracias
