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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #772021  por fabidoc
 
jaja,hola mamita, ni dijo que declaro 4 horas semanales?? y que eso mismo le hicieron declarar en ANSES?? :shock:
 #772024  por arandu2
 
Aleja:

Te voy a dar un consejo, primero tenes que leer toda la normativa referida a SDM. No hagas las cosas por lo que te dicen. Tenes que remitirte a la ley. Es la forma en que se cuida el patrimonio del cliente y tambien tu nombre y tu prestigio profesional.

Ahora se terminaron los recursos.

Lo que te queda es como te dice fabidoc. Empezar todo de nuevo.

Primero lee todo, despues pregunta en el foro. Estamos para ayudar.

Saludos

Arandu del Portal
 #772116  por jarocho
 
fabidoc escribió:tendría solo que declarar otro empleador.
Perderá el retroactivo, pero tiene que sacar las horas que le faltan de algún lado.
Hacer una reapertura.
Es el unico parche para no perder todo, agregar otro dador en iguales periodos y que sumado al primero no exceda las 11 hs 59 minutos semanales.
Obligadamente debera pagar $ 20 mas sus intereses por cada mes ya que ni el formulario le acepta cifra menor y menos el sistema que dispone el banco para los 102 B, debera agregar en el nuevo tramite otro Anexo 1 complementario.-
Todo esto en la suposicion que ha abonado las diferencias de contribuciones a razon de $ 23,- con el 575 B, mas los intereses que surgen del calculador Afip y no del Sicam
Del retroactivo que se olvide, tramite nuevo y con mas sospechas para el verificador, debera buscar un excelente dador y mejores vecinos testificantes
///////////////////////////////////////
PD: Fabidoc, FELIZ CUMPLEAÑOS !!!!!
 #772185  por arandu2
 
Jarocho,

Porqué tiene que pagar de nuevo los 20 pesos, si ya los tiene pagados. Solo debe completar las horas de trabajo con nuevo dador. Pero el pago lo tiene hecho.
 #772190  por diegomdp
 
arandu2 escribió:Jarocho,

Porqué tiene que pagar de nuevo los 20 pesos, si ya los tiene pagados. Solo debe completar las horas de trabajo con nuevo dador. Pero el pago lo tiene hecho.
la ley dice que vos tenes que pagar 20 por cada dador que te de trabajo entre 6 y 11 horas, es decir, si yo tengo 2 dadores y cada uno paga sus 20 pesos, de esos 20 pesos 12 de cada 1 van para la parte previsional, entonces ya tendria 24 pesos acumulados si pagara con el 575 11 pesos voluntarios tendria derecho a jubilarme, ahora yo no creo que con el engendro que han hecho de sdm metiendolo en el sicam si tengo dos pagos de 20 por el msimo mes con los 11 restantes el sistema me de deuda cero, habria que probarlo pero lo dudo.
por eso jarocho te dice que deberias pagar los 20 pesos porque en teoria los otros 20 pesos fueron del otro dador, la señora apgo 23 con lo cual su pago voluntario fue en exceso en el supuesto caso que vuelvan a pagar 20.
Ahora la complejidad la veo por el lado de la ddjj que hizo en fin... ahora haciendo memoria no existian dos casos viejos garate y fantini que habian pagado sdm equivocandose el regimen de pago alla por los años 70???
despues busco a ver si por analogia no se podria usar esos fundamentos para pelear este caso.

ahora yo no puedo entender como alguien que paga sdm extemporaneo no es capaz ni de leer la ley o minimo el instructivo que hay en la pagina de afip realmente la falta de profesionalismo de algunos es patetica *leo*
 #772206  por arandu2
 
Disiento con los foristas preopinantes respecto de que se debe pagar 20 pesos por un nuevo dador.

La ley no dice eso.

Creo que son dos los requisitos que debe tener el que invoca periodos de SDM para obtener el beneficio.
1. La ley refiere que para que tengas jubilacion ,RTI y pension, se debe ingresar al menos 35 pesos. Ese requsisito esta cumplido en el caso que nos ocupa.
2. El dador de trabajo. Aqui tambien se ha presentado, pero la declaracion de los periodos no corresponde.
Es buena la solucion de presentar nueva declaracion jurada con otro dador mas para completar, pero no hace falta pagar otros 20 ya que eso esta cumplido.

Proba a ver de pagar y como te sale en el sicam. Despues te rechazan porque te sobra plata.

La diferencia de contribuciones fue pagada por el trabajador.
Distinto es el caso cuando esta realmente en actividad y tiene dos dadores que pagan cada uno 20 pesos. Luego la trabajadora debe completar lo que falta.

Aqui esta cumplido.

Sigo con esto poque realmente me apasionan las distintintas variaciones que va teniendo el SDM.
Y como decis diegomdp, hay cada uno...
 #772221  por fabidoc
 
diegomdp escribió:
arandu2 escribió:Jarocho,

Porqué tiene que pagar de nuevo los 20 pesos, si ya los tiene pagados. Solo debe completar las horas de trabajo con nuevo dador. Pero el pago lo tiene hecho.
la ley dice que vos tenes que pagar 20 por cada dador que te de trabajo entre 6 y 11 horas, es decir, si yo tengo 2 dadores y cada uno paga sus 20 pesos, de esos 20 pesos 12 de cada 1 van para la parte previsional, entonces ya tendria 24 pesos acumulados si pagara con el 575 11 pesos voluntarios tendria derecho a jubilarme, ahora yo no creo que con el engendro que han hecho de sdm metiendolo en el sicam si tengo dos pagos de 20 por el msimo mes con los 11 restantes el sistema me de deuda cero, habria que probarlo pero lo dudo.
por eso jarocho te dice que deberias pagar los 20 pesos porque en teoria los otros 20 pesos fueron del otro dador, la señora apgo 23 con lo cual su pago voluntario fue en exceso en el supuesto caso que vuelvan a pagar 20.
Ahora la complejidad la veo por el lado de la ddjj que hizo en fin... ahora haciendo memoria no existian dos casos viejos garate y fantini que habian pagado sdm equivocandose el regimen de pago alla por los años 70???
despues busco a ver si por analogia no se podria usar esos fundamentos para pelear este caso.

ahora yo no puedo entender como alguien que paga sdm extemporaneo no es capaz ni de leer la ley o minimo el instructivo que hay en la pagina de afip realmente la falta de profesionalismo de algunos es patetica *leo*
Es correcto lo que dice diego, lo dice la propia ley règimen simplificado....

APORTES Y CONTRIBUCIONES OBLIGATORIOS

Artículo 3º? A los fines de la financiación de las prestaciones indicadas precedentemente, los dadores de trabajo de los empleados definidos en el artículo 1º, deberán ingresar las siguientes sumas mensuales en concepto de aportes del trabajador con destino al Régimen del Seguro Nacional de Salud y contribuciones patronales con destino al Régimen Público de Reparto del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, según la cantidad de horas semanales laboradas por el trabajador, que seguidamente se indican:



HORAS SEMANALES TRABAJADAS Aportes Contribuciones


6 o más 8 12

12 o más 15 24

16 o más 20 35

Estimo que, si bien el pago de aportes que hizo està bien ($43).- Al declarar que trabajò 4 horas para "ese" empleador, lo que puede replantear ahora, para no desdecirse y tornarlo poco creìble, que obvio declarar al otro empleador, presentar el otro dador y otra declaraciòn jurada. Y tambièn los pagos que hace este dador, que tal cual lo dice la ley, debe aportar cada empleador. Ojo, ambos en el mismo perìodo, porque tiene que completar las horas.
 #772440  por dramamita
 
ese tramite esta mas verdeeeeeeeeeeeee, no me parece creible agregar otro dador y tener que pagar otros f.102

a ver si entiendo lo que dijo la forista...........pagaron $ 43 y la dadora declaro que la sra. trabajaba 2 hs todos los dias, o sea que estaria bien pago si son 10 hs. semanales. Tiene la verificacion como prueba. Lo que esta mal, porque la iniciadora hizo ponerlo asi, fueron las 4 hs. semanales en el anexo.........entonces que presente nuevo Anexo, que diga que ella quizo poner las 10 hs. y la iniciadora le dijo que pusiera 4 hs. !!!!!!!!!!!!!! jugado por jugado.... que defienda el pago correcto que tiene!!!!!!! o estoy muyyyyyyy equivocada???
 #904670  por patinanan
 
HOLA A TODOS, HUMILDEMENTE OPINO ESTAR DE ACUERDO CON LA DOCTORA MAMITA... NO ME PARECE QUE PAGANDO NUEVAMENTE 20 PESOS CON OTRO DADOR PUEDA SALVAR LO MAL DECLARADO. ADEMAS EL F.102 SE PAGA CUANDO HAY UN MÍNIMO DE 6 HS. SEMANALES, POR LO QUE CON 4 HS. SEMANALES NO TENDRÍA NI SIQUIERA LA OBLIGACIÓN EL DADOR DE HABER EFECTIVIZADO DICHA SUMA...¿ NO LES PARECE?... LO DIGO USANDO LA LÓGICA, MAS ALLÁ DE QUE ANSES NO TIENE NINGUNA... INSISTO EN QUE MODIFIQUE LA DECLARACIÓN DE LAS 4HS DEL ANEXO ADMITIENDO UN ERROR POR INICIADORA Y JUSTIFICÁNDOSE EN QUE SI NO HUBIESE TRABAJADO COMO MÍNIMO 6 HS. EL DADOR NUNCA HUBIESE PAGADO DICHO IMPORTE!!!!!!!! SALUDOS CORDIALES!!!!!!!
 #905079  por marita12
 
Buen día colegas, yo tengo presentados 3 recursos a la CARSS por el tema del servicio doméstico, son expedientes iniciados en Anses antes de mayo/2010 y denegados ¿alguien tiene ya casos favorables por esa causa? estan tardando una barbaridad, presente prontos despachos y aun siguen sin resolución.
Saludos cordiales, Marita.
 #906277  por diegomdp
 
marita12 escribió:Buen día colegas, yo tengo presentados 3 recursos a la CARSS por el tema del servicio doméstico, son expedientes iniciados en Anses antes de mayo/2010 y denegados ¿alguien tiene ya casos favorables por esa causa? estan tardando una barbaridad, presente prontos despachos y aun siguen sin resolución.
Saludos cordiales, Marita.
si yo vi dos casos favorables hace como un año o mas, donde aplica la normativa vigente a la fecha de liquidacion de sicam, es decir si habias liquidado antes del 05/04/2010 toma los requisitos de la circualr 57/08 y no los de la 16/10.