Colegas, tengo un cliente que fue despedido injustificadamente, estoy por pedir audiencia en el ministerio, el tema de los certificados del art 80 , ya que los intime por dos dias a que me los entreguen dsp de los 30 dias de haber cesado el vinculo laboral ..si ellos me los entregan el dia de la audiencia y nosotros no llegamos a un acuerdo, pierdo la multa? es decir no puedo despues pedirlo en la demanda?
Si no llegas a un acuerdo y por ende quedan los rubros por reclamar, no importa que te lo entregue ese día en la Audiencioa, puesto que el mismo ha sido entregado fuera de término y por ende la multa la podes seguir reclamando. Eso sí, que de constancia en el acta la fecha en que entregó la certificación. Luego en un expte judicial podes ofrecer como prueba el expte administrativo para que corroborar la fecha de entrega.-
Ojala te sriva.-
Saludos
Gustavo
