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  • como demando a los verdaderos dueños de la sociedad?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #903094  por cordobaLawyer
 
Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
 #903224  por cordobaLawyer
 
andresxeneizes escribió:entonces si podrias ir contra los socios gerentes o directores, pero no veo que se pueda ir con personas que no revistan esta calidad ya que no lo autorizaria la ley
sí, eso lo sé colega y lo hago valiéndome de las normas supra citadas de la LSC, el tema es que los directivos de la srl y/o socios carecen de bienes. Yo necesito contra los que en realidad son dueños de la empresa y patrones de mi cliente pero.que.no.tienen participación alguna en.la.sociedad
 #903238  por andresxeneizes
 
y yo creo que ahi no podes ir contra ellos, que tenes que ir contra la sociedad y los socios, y en todo caso si tenes la certeza de que son todos insolventes y no van a pagar en la audiencia del art 80 intenta llegar a un arreglo, lo que si he visto y te recomiendo no hacer es ir contra los que la ley no autoriza porque en los casos que he visto en donde laburo los jueces no hacen lugar a la demanda contra estos e impone las costas al trabajador
 #903245  por eltam88
 
cordobaLawyer escribió:Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
Tendrían que hacer un trabajo muy fino, basándote en el principio de primacía de la realidad. Es decir tratar de demostrar que todo es una mera ficción, que quienes realmente son los empleadores son tales personas. Que son estas últimas quienes dirigen la empresa, que son quienes se benefician con la explotación de la misma, que son quienes utilizan los servicios del trabajador.
 #903248  por cordobaLawyer
 
eltam88 escribió:
cordobaLawyer escribió:Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
Tendrían que hacer un trabajo muy fino, basándote en el principio de primacía de la realidad. Es decir tratar de demostrar que todo es una mera ficción, que quienes realmente son los empleadores son tales personas. Que son estas últimas quienes dirigen la empresa, que son quienes se benefician con la explotación de la misma, que son quienes utilizan los servicios del trabajador.
gracias colega, eso mismo me parece que voy a hacer, teniendo presente que en realidad todo es un fraude laboral tendiente a perjudicar a sus empleados, ojalá que el embargo preventivo ande bien y pueda arreglar rápido, porque sino me voy a comer una "falta de acción" que ni les cuento.Ustedes han intentado demandar no sólo a la sociedad y directivos, sino también a las personas físicas que en realidad explotan y se benefician con la empresa?
 #903286  por andresxeneizes
 
eltam88 escribió:
cordobaLawyer escribió:Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
Tendrían que hacer un trabajo muy fino, basándote en el principio de primacía de la realidad. Es decir tratar de demostrar que todo es una mera ficción, que quienes realmente son los empleadores son tales personas. Que son estas últimas quienes dirigen la empresa, que son quienes se benefician con la explotación de la misma, que son quienes utilizan los servicios del trabajador.
coincido con el colega, esta es la vuelta de tuerca que no le encontraba al problema, que seria como plantear una simulacion dentro del caso, mediante el ppio de primacia de realidad
 #903314  por Arbeiter
 
andresxeneizes escribió:
eltam88 escribió:
cordobaLawyer escribió:Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
Tendrían que hacer un trabajo muy fino, basándote en el principio de primacía de la realidad. Es decir tratar de demostrar que todo es una mera ficción, que quienes realmente son los empleadores son tales personas. Que son estas últimas quienes dirigen la empresa, que son quienes se benefician con la explotación de la misma, que son quienes utilizan los servicios del trabajador.
coincido con el colega, esta es la vuelta de tuerca que no le encontraba al problema, que seria como plantear una simulacion dentro del caso, mediante el ppio de primacia de realidad
Yo opino igual, y con
eltam88 escribió:Tendrían que hacer un trabajo muy fino
el colega se refiere a MUY FINO. Ojalá te arreglen en la audiencia del 47 y no tenés que renegar tanto...
 #903347  por sanjuanino
 
andresxeneizes escribió:
eltam88 escribió:
cordobaLawyer escribió:Estimados, me llegó un cliente que fue despedido hace poco de una SRL invocando una supuesta falta o disminución de trabajo... Como ya finalizó el intercambio epistolar, estoy por incoar la demanda. El tema es que pedí un informe privado sobre la SRL y no tiene bienes susceptibles de ser embargados y/o cuentas. O sea, lo que hacen la mayoría de las patronales para minimizar los riesgos frente a un eventual reclamo. La pregunta, como hago para incluir en calidad de demandados a las dos personas que en realidad ostestan esa calidad frente a mi clienta, pero que no tienen ningún tipo de vinculo o participación en la SRL empleadora? Si fueran socios gerentes por ejemplo, es sencillo, me valgo del art. 59 y 274 LSC y listo. Pero estas dos personas (que si tienen bienes y/o cuentas para embargar) no tienen vínculo alguno con la SRL. Escucho sus sugerencias *leo*
Tendrían que hacer un trabajo muy fino, basándote en el principio de primacía de la realidad. Es decir tratar de demostrar que todo es una mera ficción, que quienes realmente son los empleadores son tales personas. Que son estas últimas quienes dirigen la empresa, que son quienes se benefician con la explotación de la misma, que son quienes utilizan los servicios del trabajador.
coincido con el colega, esta es la vuelta de tuerca que no le encontraba al problema, que seria como plantear una simulacion dentro del caso, mediante el ppio de primacia de realidad
coincido plenamente con los compañeros. Yo nunca tuve que hacer semejante esfuerzo probatorio.
Sinceramente, creo que me supera
 #903652  por GU
 
Fijate la titularidad dominal del inmueble en el que opera el establecimiento. Muchas veces esta a nombre de aquellos a los que no quieren tocar, y eso te da un elemento para traerlos a juicio (sin perjuicio de todo el esfuerzo que tengas que hacer para valer el principio de primacia de la realidad).

Salutes!
 #903664  por cordobaLawyer
 
GU escribió:Fijate la titularidad dominal del inmueble en el que opera el establecimiento. Muchas veces esta a nombre de aquellos a los que no quieren tocar, y eso te da un elemento para traerlos a juicio (sin perjuicio de todo el esfuerzo que tengas que hacer para valer el principio de primacia de la realidad).

Salutes!
buena data, no lo había tenido en cuenta, voy a investigar eso para ver si tengo un elemento de prueba más o menos sólido para arrimar al expte.
 #903730  por agentil
 
Podés invocar que entro 3 meses antes de la realidad como trabajador en negro a ordenes de las dos personas que tienen la plata y que funcionan en la practica como empleadores. De esa forma vas a comprometerlos muchos mas, y van a tener mayor riesgo y quizás aflojen mas facil a negociar un acuedo.

Si tiene testigos ex compañerosd e trabajo no va a ser tan dificil tirar un poco el tiempo para atras. Además los traes por el 29.

Todo tiene su riesgo pero yo lo haría.

saludos